Una nueva resolución sufrió el caso del miembro de la PDI que fue formalizado por la muerte de César Jorquera Videla, hecho ocurrido el pasado miércoles 11 de marzo en el centro de Antofagasta, ya que la Segunda sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó la apelación presentada por el Ministerio Público, negando de esta forma la medida cautelar de prisión preventiva para el funcionario de la Policía de Investigaciones.
Los ministros Cristina Araya, Virginia Soublette y Dinko Franulic confirmaron la resolución adoptada por la jueza Campusano, quien no aprobó la medida cautelar para el imputado Harry Díaz, quien en la audiencia realizada el domingo 15 de marzo fue formalizado por el delito de homicidio por la muerte de Jorquera Videla, quien conducía el vehículo en el que huía junto a otras tres personas tras cobrar un cheque robado.
En la intersección de las calles Washington con Baquedano el funcionario policial sacó su arma de servicio para detener el vehículo, fue en ese instante cuando el arma se disparó, dejando como consecuencia la muerte del estafador.
Entre los argumentos esgrimidos por la corte, se señala que "debe indicarse que la forma de producción del hecho concreto en que se produce la muerte de la víctima, la rapidez con que el mismo se realizó, las circunstancias que dentro del vehículo fue un informante de la policía con su pareja y que el imputado contara con información previa que las personas que se iban a controlar no portaban armas, descartado por el propio órgano de persecución la concurrencia de dolo directo y no habiendo visos de ello desde que, no conocía a los ocupantes, salvo los ya mencionados informantes, dan pie para sostener, en esta etapa de la investigación, que la teoría del caso del imputado, en orden a que el disparo del arma se produjo accidentalmente, se mantiene también como una tesis plausible en términos tales de desvirtuar aquella que postula el disparo doloso del arma, y con ello impedir que pueda entenderse como justificada la existencia del delito que se atribuye".
Entre lo dispuesto por el tribunal de alzada figuran futuras investigaciones administrativas y penales, a raíz de varias irregularidades denunciadas por la fiscalía contra otros funcionarios de la Policía de Investigaciones. "No resulta determinante, para este propósito, establecer la veracidad del cúmulo de irregularidades que se denuncian en la génesis del procedimiento policial, su desarrollo y ejecución, y menos los actos posteriores cometidos por otros funcionarios de la Policía de Investigaciones, en que, de acuerdo a lo señalado por el abogado del Ministerio Público, dan cuenta de otros ilícitos penales o actos que rayan en el encubrimiento del que se investiga. Ello ciertamente debe ser materia de las investigaciones administrativas y penales que correspondan", dice el tribunal que no impuso ninguna medida cautelar al imputado.