173 extranjeros se encuentran recluidos en la cárcel de Calama
reos. En su mayoría son personas de nacionalidad boliviana y colombiana, quienes fueron condenados principalmente por delito de tráfico de drogas.
No es fácil ser un inmigrante y menos cuando se está privado de libertad. Esa la situación que están viviendo actualmente 173 internos e internas de nacionalidad extranjera, que se encuentran recluidos en el Centro de Detención Preventiva (CDP) de Calama, tras cometer diferentes ilícitos en la provincia El Loa.
De acuerdo a los antecedentes entregados por Gendarmería de Chile, son 123 bolivianos, 36 colombianos, 5 brasileños, 5 peruanos, 3 dominicanos y sólo un argentino, quienes en su mayoría fueron detenidos por infracción a la Ley 20.000 Drogas, por robos con intimidación o por receptación de especies robadas.
Gendarmería
Según estudios, muchas de las personas que llegan a Calama, provenientes de países vecinos, vienen con la ilusión de encontrar un trabajo que les permita surgir y salir de la pobreza, pero muchas veces el panorama no es el que ellos pensaban, por lo que son tentados por la vida fácil, participando en diferentes ilícitos, siendo castigados por la justicia chilena.
El director regional de Gendarmería, el coronel Pedro Villarroel, comentó que "hace unos 10 años los presos extranjeros en la provincia de El Loa en su mayoría eran peruanos, pero en la actualidad la mayoría de los reos son bolivianos, en segundo lugar colombianos, desplazando al tercer lugar a los peruanos. Estos internos en su mayoría están recluidos por el delito de tráfico de drogas, siendo detenidos en los aeropuertos o cuando intentan pasar por los pasos fronterizos, pero también hay otro grupo que fueron detenidos por la policías tras participar en hurtos, diferentes tipos de robos y estafas".
El oficial explica que la población penal extranjera tiene mejor comportamiento que los presos nacionales, "son muchos más tranquilos y acatan de mejor manera la normativas vigente que rige en la cárcel de Calama. Es raro que internos extranjeros den algún tipo de problema a los gendarmes".
Preocupación
El Ministerio Público de Calama se encuentra muy preocupado respecto al no cumplimiento de las penas de algunos extranjeros, producto a la modificación que se hizo hace un par de años a la Ley 18.216, específicamente al artículo 34, debido a que los extranjeros que sean condenados a penas inferiores a los 5 años de cárcel y que están de manera irregular en el país son expulsados de Chile y no son encarcelados en sus países de origen.
Además de generar un gasto al Estado, ya que los encargados de repatriarlos es el Departamento de Extranjería de la Policía de Investigaciones (PDI), debiendo costear el viaje del imputado y de los funcionarios policiales que lo custodiaran hasta su destino.
El fiscal jefe de Calama, Cristian Aliaga, enfatizó que "cuando hay penas sobre los cinco años de cárcel, los extranjeros deben cumplir de manera efectiva la pena en las cárceles chilenas, pero cuando son penas inferiores a los cinco años, los extranjeros son expulsados de Chile y en sus países de orígenes no siguen cumpliendo las condenas dictaminadas por la justicia chilena y sólo que dan con una prohibición de ingresar al país por diez años".
Si el condenado a una pena igual o inferior a cinco años de presidio o reclusión menor en su grado máximo, fuere un extranjero que no residiere legalmente en el país, el juez podrá sustituir el cumplimiento de dicha pena por la expulsión del extranjero del territorio nacional, acción que deberá realizar el Departamento de Extranjería de la PDI. El condenado extranjero al que se le aplicare la pena de expulsión no podrá regresar al territorio nacional en un plazo de diez años, contado desde la fecha de la sustitución de la pena.