A fin de mes entra en vigencia la ley de lobby para municipios y consejeros
situación. Alcaldes de El Loa encuentran buena la medida, pero critican que se les entregan mayores responsabilidades pero no la posibilidad de contratar más personal para así no llenarse de actividades y poder cumplir en los tiempos.
La ley N° 20.730 define "lobby" como las gestiones o actividades pagadas que hacen personas o entidades, chilenas o extranjeras, para promover, defender o representar cualquier interés particular o para influir en las decisiones que, en el ejercicio de sus funciones, deban adoptar algunas autoridades y funcionarios.
Y si bien es una actividad considerada como legítima y aceptada en el mundo político durante años, lo cierto es que en tiempos como los de hoy, en el que la probidad y transparencia de las autoridades está en entredicho, se hace necesario una normativa que ayude a regular, poner límites y mejorar la gestión de autoridades.
Fue como se creó la ley que obliga a las autoridades informar sobre reuniones, regalos que reciban y viajes que realicen durante el cumplimento de sus funciones.
Un poco de historia
Fue en marzo de 2014, cuando el ex Presidente de la República, Sebastián Piñera, dictó la ley N° 20.730 que buscaba regula el lobby en las autoridades.
En junio de ese mismo año, ya con Michelle Bachelet como Presidenta de Chile, se aprobó el decreto para aplicar esta ley, que significó un gran avance para suministrar a la actividad pública herramientas que hagan más transparente su ejercicio.
En este sentido y con el objetivo de velar por el cumplimiento y aplicación de esta normativa, se creó la Comisión Defensora y Transparencia, que entre sus ejes de trabajo se encuentra el área de transparencia y probidad.
En qué consiste
Oscar Mora, abogado y presidente de la Comisión Defensora y Transparencia, comenta que la implementación de esta ley en el país se dividió en tres etapas, dos de ellas ya están en vigencia y la tercera entrará el 28 de agosto.
"Esta ley, obliga a autoridades. No es una ley que obliga a órganos", detalló el abogado.
La primera etapa, que se comenzó a aplicar el 28 de noviembre, debía ser implementada por las autoridades nacionales: ministros, subsecretarios, comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas, director general de Carabineros, embajadores, entre otras autoridades de alto rango.
La segunda etapa, que comenzó a regir a partir del 28 de abril de 2015, estaba dirigida para las autoridades regionales es decir intendentes, jefes de servicios , directores de servicios, seremis, gobernadores y jefes de gabinetes.
Este 28 de agosto, se aplicará la tercera y última etapa. Esta vez dirigida a los gobiernos locales. Es decir alcaldes, concejales, consejeros regionales, directores y secretarios municipales.
Según Mora, esta normativa lo que hace es consagrar mediante una ley un sistema de registro.
Este registro se realiza a través de una plataforma online, la que debe ser llenada por las autoridades o por un asesor técnico que él decida.
Esta información es pública, es decir que cualquier ciudadano tenga acceso a esa información cada vez que lo requiera.
La información sí, estará disponible con un mes de desfase, esto significa que las reuniones de agosto se podrán conocer en septiembre.
Qué se debe informar
Según se consagra en esta ley, las autoridades deben informar obligatoriamente reuniones que hayan sido solicitadas mediante la plataforma web. "En el fondo las reuniones que tengan por objetivo influenciar para tomar una decisión pública", comenta Mora.
Estas reuniones se deben realizar en horario de oficina y deben estar fijadas con anterioridad a través de la página web de la organización.
La autoridad tendrá un plazo de tres días hábiles para responder esta solicitud y fijar la fecha de la reunión.
El presidente de la comisión señala además que esta ley obliga a que la autoridad reciba tanto a promovedores como detractores de una situación, si eso se llegase a presentar. "Es decir si llega una empresa a dar a conocer los beneficios de un proyecto y existe un grupo que esta en contra, la autoridad debe recibir a ambas partes", dijo.
En segundo lugar se deben informar todos los viajes que se hagan en el ejercicio de las funciones de la autoridad. En este punto Oscar Mora dijo que "básicamente son viajes que den cuenta de una comisión de servicios que sean fuera de los límites urbanos de la ciudad de residencia o ya sea invitado también en función propia".
Lo tercero que se debe informar son los regalos que se reciban en función de su cargo.
Aquí se busca que, además de nombrar el regalo y el remitente, se pueda hacer en la medida de lo posible un avalúo de éste. "Todo esto tiene un objetivo que es transparentar esta entrega de regalos", dijo Mora.
Municipios de El Loa
Según las etapas establecidas por la ley, desde el próximo viernes 28 de agosto todas las municipalidades están obligadas a ingresar viajes, regalos y reuniones de los alcaldes y los concejales a la web.
Para ello, presidente de la Comisión de Transparencia, ha recorrido todo Chile realizando capacitaciones en esta área.
Éste es el segundo recorrido realizando estas capacitaciones, el primer "barrido" dijo Mora, se hizo antes de las implementaciones en los gobiernos regionales y provinciales.
A nivel comunal, tanto Calama, como San Pedro de Atacama y Ollagüe se encuentran en pleno proceso de reconocimiento de esta normativa y capacitación de funcionarios.
En los municipios la información incluye a más personas que -por ejemplo- en una gobernación, donde los que informan son solo el gobernador y su jefe de gabinete.
En las municipales son sujetos de información a la plataforma, además del alcalde, los concejales, jefes de gabinetes, directores y secretarios municipales.
Y si bien esta ley es alabada por los alcaldes de la provincia de El Loa, también genera preocupación debido que a juicio de los ediles, se les entrega mayores responsabilidades, pero no recursos para poder contratar a personal que se haga cargo exclusivamente de ello y así cumplir con los tiempos exigidos.
"Todo lo que perfeccione los sistemas para que haya mayor transparencia, mayor probidad, lo aplaudimos. Estamos de acuerdo con ello", dijo al respecto Esteban Velásquez, alcalde de Calama.
La autoridad dijo que sin embargo "cuando se habla de ley de transparencia, de ley de probidad no siempre nos entregan todos los recursos para poner en ejecución" y agregó que ello no significa que no quieran respetar pero que a veces "se hace insostenible soportar todo lo que el gobierno central nos instala y poder dar respuesta en los tiempos y con la agilidad que quisiéramos".
En cuanto a la pronta implementación, Velásquez señaló que desde el municipio han enviado a una importante cantidad de funcionarios a las capacitaciones que se han realizad sobre la materia.
Una situación similar se vive en la comuna de San Pedro de Atacama. Ellos ya fueron capacitados por la Comisión de Transparencia y se informó que se designó a una persona que servirá de enlace para el uso de la plataforma virtual, sin embargo cada área o departamento es responsable de subir su información.
san Pedro de Atacama
La alcaldesa, Sandra Berna, al igual que su par de Calama manifiesta que esta ley es una buena iniciativa y una medida necesaria para ayudar a la transparencia. "Lo que a mí me preocupa es que cada vez nos exigen más cosas pero no tenemos soporte técnico, recursos, ni la posibilidad de contratar más gente para estas tareas específicas".
Berna comentó que los municipios más pequeños se ven complicados con el aumento de sus quehaceres. "Lo importante sería ver cómo el Gobierno nos puede ayudar a las municipalidades más pequeñas para cumplir con esto a cabalidad", puntualizó.
Ollagüe
En Ollagüe y según lo manifestó el alcalde, Carlos Reygadas saben que deben implementar a fin de mes esta ley. Sin embargo comentó que aún no tienen a una persona que se haga cargo de informar a la plataforma web. "Estamos viendo como podemos contratar a una persona para que se dedique a subir la información", señaló.
Reygadas comentó que para el ésta ley significa "más burocracia", pues señala que ellos siempre envían la información a la Contraloría.
"Nosotros seguimos siendo los mismos 8 funcionarios de planta y todas las leyes que llegan tenemos que implementarla y eso se transforma en más trabajo de lo que ya tienen los funcionarios nuestros.", dijo Reygadas.
Aún con estas críticas, la ley es clara e implacable y no solo ellos sino que también los consejeros regionales deberán acogerse a esta normativa.
Qué no se informa
Toda reunión cuyo objeto no sea influir en la autoridad en el marco de la adopción de decisiones y actos señalados en la ley, no deberán registrarse como actividad de lobby o gestión de interés particular.
Soporte
El Gobierno les entrega gratuitamente el soporte computacional y la capacitación para implementar la ley.
Lobbistas
La ley distingue según si se recibe o no una remuneración por realizar dichas gestiones ante la autoridad por otra persona.