10 años de cárcel para pirómano que incendió dos casas en Calama
judicial. La defensa del condenado analiza la presentación de un recurso de nulidad del dictamen en la Corte de Apelaciones.
José Damacio Anza Condori de 40 años fue condenado a 10 años de cárcel por dos delitos de incendio. En uno de ellos se le aplicó una pena de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo y en el otro tres años y seis meses de presidio menor en su grado máximo.
La defensa estudia la presentación de un recurso de nulidad, debido a la discapacidad mental que tiene su representado y la cual no fue considerada por el Tribunal Oral en lo Penal de Calama.
delitos
Según los antecedentes presentados por la Fiscalía Local de Calama dan cuenta que el primero de los hechos se registró el día 28 de enero de 2013, cuando el condenado fue detenido por Carabineros en un domicilio de la calle Hurtado de Mendoza, más exactamente en Parcela 4 del sector Verdes Campiñas, debido a que momentos antes había incendiado un sillón y el fuego rápidamente se extendió a otras dependencias.
Posteriormente el día 18 de julio de 2014, cerca de las 22.45 horas, el imputado estaba en una parcela en el sector Licantatay, procedió a incendiar unas de las habitaciones que habían en dicho inmueble, el que el mismo utilizaba como su domicilio. Luego fue observado por un residente del lugar, quien lo vio tomar un bidón de bencina y rociar las otras dependencias, iniciándose un fuego de proporciones, el cual arrasó con la totalidad de las viviendas. Los otros moradores llamaron a Carabineros que se hizo presente en el lugar deteniendo a Anza.
Por su parte, la defensa alegó que su representado tiene una discapacidad mental grado 70, que se encuentra interdicto por demencia, y que dos médicos han asegurado que presenta claros indicadores de padecer de piromanía, por lo que solicitó su absolución.
El tribunal calameño, luego de valorar las pruebas desestimó la tesis absolutoria, argumentando que la certificación aportada no dice relación con un grado de demencia o locura del imputado, solo indican que ha sido declarado interdicto y que padece de invalidez mental.