Durante la semana, pudimos ver un caso de alcance nacional, dónde una señora mayor se accidentó dentro de las dependencias de una reconocida casa comercial, y que recibió una compensación por los daños recibidos. La Ley del Consumidor establece como derechos básicos de las personas la seguridad en el consumo, la protección de la salud y el deber de evitar riesgos.
Como Servicio hemos indicado que las empresas deben responder por las condiciones de seguridad, tanto de los productos como de los locales bajo su responsabilidad, para no causar daños a quienes compren o contraten sus bienes o servicios.
En este sentido, es importante destacar que los locales deben contar con pisos antideslizantes; las instalaciones no deben representar riesgos para quienes circulan; tienen que existir salidas de emergencia; los productos deben estar fijos y que no caigan sobre los consumidores; en el caso de las escaleras mecánicas, deben estar en buen estado.
En caso de sufrir un accidente en un local comercial, es aconsejable que el afectado se comunique con el jefe de local para que le indique cómo responderá la empresa y le pida su identificación completa para registrar los antecedentes en caso de que sean necesarios. Es importante guardar los diagnósticos médicos en caso de lesiones y todos los antecedentes que puedan servir para acreditar el daño en el tribunal.
También es recomendable que el consumidor deje constancia en Carabineros, pues esto le servirá como prueba de que los hechos ocurrieron en caso de un eventual juicio si la empresa no responde.
Hay que recordar que Carabineros tiene la facultad para denunciar estos hechos al tribunal competente, en cuyo caso, el consumidor deberá ratificar la denuncia cuando sea citado, para poder interponer las acciones que le permitan solicitar las indemnizaciones que considere oportunas al daño.
Finalmente, hay que tener presente que los consumidores pueden exigir las sanciones e indemnizaciones por los daños que el incumplimiento de la empresa les causó en un Juzgado de Policía Local sin necesidad de abogado, pero para ello deben realizar la denuncia respectiva ante el juzgado de policía local respectivo.
Marcelo Miranda,
Director Regional del Sernac