Cinco son los sectores habilitados en Calama para instalar propaganda
FECHA. Desde el 23 de septiembre los candidatos están autorizados para utilizar carteles en dichos lugares.
Sólo desde la penúltima semana de septiembre los candidatos a alcalde y concejales podrán instalar carteles tanto en recintos privados como en la vía pública.
Para este último caso, los postulantes solo podrán utilizar los sectores autorizados por el Servicio Electoral (Servel), lugares que ya fueron publicados en su página web.
Según los datos extraídos desde el Servel en la provincia de El Loa se habilitaron nueve espacios públicos para la instalación de carteles y afiches. De esos 5 son en la comuna de Calama, dos en San Pedro de Atacama y dos en la comuna de Ollagüe.
Calama
En el caso de esta comuna los espacios establecidos son, en su mayoría parques y plazas.
A diferencia de años anteriores y debido a los trabajos de remodelación se descartó el uso del paseo Ramírez, no así la plaza 23 de Marzo. En este lugar se dispuso solo el perímetro de calle Abaroa.
Los otros recintos habilitados son la plaza Los Héroes de la Concepción, el parque 21 de Mayo, el paseo de avenida Chorrillos y el parque El Loa.
Para la comuna de Ollagüe en tanto se dispuso el sector del gimnasio municipal y un lugar denominado Marcador 5.
En el caso de la comuna de San Pedro de Atacama también se dispuso de dos lugares: la plaza de la localidad y también un sector denominado Marcador 5.
Medidas
Entre las nuevas disposiciones que rigen para la propaganda electoral, se estableció que los carteles y afiches que se instalen en la vía pública, tendrán un tamaño máximo de 2 metros cuadrados.
En los espacios privados se deberá contar con la autorización del dueño y aquí los carteles y afiches no podrán superar los seis metros cuadrados.
También se podrán instalar carteles en las sedes de los partidos autorizándose para ello solo 5 sedes por candidato.
Hasta el 23 de septiembre, cuando se inicie el tercer período de campaña, los candidatos a alcalde y concejales solo están autorizados a hacer volanteo en la vía pública, portar banderas, hacer puerta a puerta y propaganda en medios radiales y escritos que con anterioridad entregaron sus tarifas ante el Servel.
Está estrictamente prohibido rayar muros y la propaganda en televisión.