Directivos municipales se preparan para entregar administración a nuevo alcalde
ACTA. Por ley deberán emitir un documento suscrito por el secretario y por unidad de control. Pero podrán no hacerlo si no están de acuerdo con su contenido.
A menos de 15 días de que asuman las nuevas autoridades locales, la Asociación Chilena de Municipalidades (AChM) informó sobre lo que debe hacer el alcalde y sus directivos antes de dejar la administración.
Se trata de las obligaciones de ley sobre la información y documentación que deberá estar disponible el día en que asuma el nuevo edil, en este caso, Daniel Agusto.
Es así que los equipos están trabajando arduamente para que esta acta contenga todo lo solicitado, esperando la certificación del secretario municipal como de la jefa de la unidad de Control.
"El actual edil, deberá hacer entrega, al término de su mandato, de un acta de Traspaso de Gestión, la que deberá consignar la información consolidada de todo su período alcaldicio, respecto de los contenidos indicados en el inciso segundo del artículo 67, así como de los contratos y concesiones vigentes", explicó el secretario ejecutivo de la AChM, Iván Borcoski.
Agregando que "dicho documento deberá ser suscrito por ambos directores. Sin embargo, podrán no hacerlo si no estuviesen de acuerdo con sus contenidos, debiendo comunicar ello al alcalde que termina su mandato".
También Borcoski declaró que el no cumplimiento de lo establecido, en este artículo, será considerado causal de notable abandono de sus deberes.
Inciso 2°
En esta disposición se indica que deberá entregar el balance de la ejecución presupuestaria y el estado de situación financiera.
También las acciones realizadas para el cumplimiento del plan comunal de desarrollo, los estados de avance de los programas de mediano y largo plazo, las metas cumplidas y los objetivos alcanzados.
Además deberá estipular las inversiones efectuadas en relación con los proyectos concluidos en el período y aquellos en ejecución.
Un resumen de las auditorías, sumarios y juicios en que la municipalidad sea parte, las resoluciones y observaciones más relevantes.
De igual forma, en el acta deberán estar los convenios celebrados con otras instituciones, públicas o privadas, las modificaciones efectuadas al patrimonio municipal y los indicadores más relevantes que den cuenta de la gestión en los servicios de educación, salud y diversas situaciones más.