Cristián Venegas M.
Entre las principales modificaciones que establece la Reforma Laboral, promulgada en agosto de este año y que rige desde el 1 de abril de 2017, destaca el "piso de la negociación", herramienta que impedirá que los procesos de negociación colectiva partan desde cero, resguardando así los beneficios ya adquiridos por los trabajadores. Al mismo tiempo, la normativa obligará a los empleadores a entregar periódicamente su información financiera a los sindicatos.
Beneficios serán la base
El seremi del Trabajo y Previsión Social, Pablo Rojas, explicó que el piso de la negociación, impedirá que la empresa y el sindicato comiencen un nuevo proceso de negociación -de existir un contrato colectivo- desde cero. A diferencia de lo que sucede hoy, en que el empleador rechaza todo lo que existe convenido, en cuanto las partes se sientan a negociar un nuevo acuerdo, "porque así lo plantea la legislación".
"Con la nueva ley, que entra en vigencia el 1 de abril de 2017, todos aquellos beneficios que no tengan el carácter remuneracional no podrán ser obviados por el empleador. En este sentido, si existe, por ejemplo, un beneficio dental, éste debe ser objeto de 'piso de la negociación', es decir, en la respuesta del empleador no podrá desconocerlo sino que tendrá que partir con esa base", ejemplificó Rojas.
La autoridad, consultado sobre qué sucederá con los sueldos y bonificaciones, detalló que "no serán parte del piso aquellos beneficios que tengan el carácter remuneracional, como incrementos remuneracionales propiamente tal, bonos por término de negoción (BTN), y reajustes. Esos serían los que no podrán ser parte de lo que es el piso de la negociación", especificó.
Rojas, sobre el objetivo de este norma, dijo que esta figura se establece para evitar la dilatación del proceso de negociación colectiva en materias que las partes ya tienen internalizadas y que, finalmente, no son puntos en controversia (…) Esto hay que concatenarlo con lo que es el derecho a la información, porque en la nueva ley el empleador deberá entregar periódicamente información de carácter financiero al sindicato y está obligado por ley", recalcó el secretario regional, quien agregó que esta entrega de información será mensual.
Es una buena noticia
El secretario general de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Nolberto Díaz, también se dio espacio para referirse a "piso de negociación", modificación que se aplicará desde abril a todos los instrumentos colectivos vigentes: "Lo que establece la ley de piso mínimo, su espíritu legislador, lo que ha buscado es que nunca la oferta de tu empleador sea inferior a lo que ya tienes ganado hasta ese minuto, es decir, el piso mínimo de cualquier negociación, de cualquier oferta que te haga tu empleador es lo que ya tienes ganado y de ahí para arriba, esa es la intención", advirtió.
Díaz profundizó los aspectos de la normativa, señalando que dentro de cuatro meses "la negociación no partirá de cero, como es hasta ahora, sino que parte desde lo que ya se tiene pactado. El empleador no puede ofrecer menos de lo que ya se ha ganado. Con esta nueva ley, además, los empleadores están obligados a proveer la información financiera en forma periódica a la organización sindical, se acaba el secretismo".
El dirigente de la CUT dijo además que con este cambio en el "piso" se evita que se dilaten los procesos de negociación "de forma inútil y eso siempre será una buena noticia, y lo es tan bien porque en muchas negociaciones colectivas lo que ofertan los empleadores es menos de lo que ya tienes y lo habitual es que traten de ir a la baja, a quitarte beneficios, a quitarte conquistas".
Una Reforma a medias
Para la presidenta del sindicato de trabajadores N°2 de Codelco Chuquicamata, Liliana Ugarte, la reforma a la Ley 20.940 quedó inconclusa, como lo expresó la propia Presidenta Michelle Bachelet, aseguró, al reconocer que "no es todo lo que se esperaba" y que "no cumple las expectativas del mundo laboral".
Esto, explicó Ugarte, pues "la balanza aún se inclina hacia el empleador y no podía ser de otro modo cuando el proyecto que debía ser generado desde el mundo de los trabajadores terminó siendo deliberado por la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) y declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional (TC) en sus cláusulas más progresistas. La promesa del Gobierno, con esta reforma, era fomentar la sindicalización, perfeccionar la titularidad para fortalecer a los trabajadores y de eso falta mucho", lamentó.
La dirigente del segundo mayor gremio de la división estatal, añadió que, si bien "el derecho a huelga efectiva, el piso para negociar y el derecho a la información, son elementos que constituyen un avance que los trabajadores debemos seguir profundizando; quedan en deuda temas como los pactos de adaptabilidad en materia de jornadas y horarios extraordinarios, quórum para negociar que, desde mi perspectiva, siguen quedando al arbitrio del empleador", dijo.
Más Reformas laborales
Otros puntos importantes contenidos en la Reforma Laboral promulgada en agosto para modernizar el sistema de relaciones laborales en Chile, es la ampliación de la cobertura de la negociación colectiva, lo que se traduce en que podrán negociar colectivamente los trabajadores que se desempeñen en una obra o faena transitoria, y, en una empresa, a aquellos sujetos a contrato de aprendizaje.
También destaca la ampliación de materias para negociar colectivamente, es decir, las negociaciones podrán incluir todas las materias de interés común de las partes: acuerdos para la conciliación del trabajo con las responsabilidades familiares; el ejercicio de la corresponsabilidad parental; planes de igualdad de oportunidades y equidad de género en la empresa; acuerdos para capacitación y reconversión productiva de los trabajadores; mecanismos de solución de controversias; mantenimiento de servicios de bienestar; entre otros.