A las 18.00 horas comenzarán a cerrar los supermercados por feriado irrenunciable
MAÑANA. A las 20.00 horas parte la restricción de funcionamiento del comercio con motivo de las festividades de año nuevo. El mall, en tanto, cerrará a las 19.45.
El feriado obligatorio e irrenunciable del comercio, que comienza este sábado desde las 20.00 horas y se extiende hasta las 06.00 horas del lunes 2 de enero, impide que los trabajadores permanezcan en sus lugares de trabajo durante este periodo, pues de lo contrario las empresas se arriesgan a fuertes multas económicas.
"Esto significa que los empleadores bajo ninguna circunstancia podrán mantener a su personal y público al interior de los recintos en dicho horario", advirtió el seremi del Trabajo y Previsión Social, Pablo Rojas.
Autoridad que recomendó a las empresas de supermercados, que habitualmente congregan a muchos clientes en las vísperas de las festividades de fin de año, a cerrar mucho antes de la hora límite, con el fin de tener el tiempo suficiente para cumplir con la normativa.
"Las personas que trabajan en el comercio, al igual que el resto de los trabajadores, tienen el derecho de disfrutar las fiestas de fin de año con su familia, por eso es importante la colaboración del público para que realice las compras con la debida antelación", llamó el seremi sobre la normativa.
Horarios de cierre
Dando respuesta a la recomendación de la autoridad del Trabajo, los primeros locales en cerrar sus puertas en Calama serán los supermercados Lider y Unimarc, que atenderán hasta las 18.00 horas. Mientras que a las 18.30 horas, harán lo mismo Jumbo y Santa Isabel. Finalmente, a las 19 horas bajarán sus cortinas los supermercados Tottus. El Mall Calama, en tanto, atenderá hasta las 19.45 horas para dar cumplimiento a la legislación.
El seremi detalló además que se excluyen de la norma quienes trabajen en clubes o restaurantes, locales de entretención como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabaret y casinos de juego. Además de aquellas personas que laboran en expendios de combustibles y servicentros que sirvan comida, farmacias de urgencia o que cumplen turnos fijados por la autoridad sanitaria.
Las multas por no respetar el feriado irrenunciable, según detalló la dirección regional del Trabajo, se aplican por cada trabajador en infracción y va a depender del número de trabajadores de la empresa ya sea entre 1 y 49; 50 y 199 y 200 y más empleados, aplicándose respectivamente 5 unidades tributarias mensuales (UTM), unos $ 230.975; 10 UTM, $ 461.830; y 20 UTM, $ 923.660.