A las 21.00 horas de este domingo parte el feriado irrenunciable
DÍA DEL TRABAJADOR. Comercio reabrirá sus puertas a las 06.00 horas del martes.
Mañana a las 21.00 horas comienza el feriado irrenunciable del primero de mayo, Día del Trabajador, el que se extenderá hasta las 06.00 horas del martes 2 de mayo, informó el seremi del Trabajo y Previsión Social, Pablo Rojas, quien junto al coordinador inspectivo regional de la dirección del Trabajo, Gonzalo Laprida, llamaron a respetar este derecho y a denunciar a los infractores.
Cerrado y desocupado
Rojas especificó que "los establecimientos, ya sean supermercados, tiendas y recintos como el mall deben estar cerrados en dicho horario (21.00 horas) sin trabajadores y público en su interior. Nuestros trabajadores tienen derecho a descansar y disfrutar junto a su familia este día".
Feriado del que se exceptúan los trabajadores que se desempeñan en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimientos, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets y casinos de juegos. Tampoco es aplicable para trabajadores de gasolineras; servicentros y farmacias de urgencia o turno.
En Calama los supermercados Unimarc y Lider cerrarán sus dependencias a las 19.00 horas; Tottus a las 19.30; y a las 20.00 Jumbo y Santa Isabel. Mientras que mall Plaza cerrará a las 20.45 horas.
Fiscalizaciones
Con el fin de verificar el cumplimiento de la ley, en cuanto al cierre de los locales comerciales previo al feriado y verificar que los empleadores cumplan con respetar el feriado irrenunciable, la dirección del Trabajo tendrá operativos de fiscalización a nivel regional para el día 30, informó el coordinador inspectivo, Gonzalo Laprida.
Personero que destacó el alto cumplimiento de los empleadores de la región con la ley, sin perjuicio que se ha registrado algún tipo de infracción, como sucedió el pasado feriado del Censo donde se cursaron infracciones a dos locales comerciales.
Las sanciones
En caso de infringir la norma y no respetar el feriado irrenunciable del comercio, las multas van de los $232.305 hasta $929.220 por cada trabajador afectado por la infracción. Es decir, entre 1 a 49 trabajadores, la multa es de 5 UTM por cada trabajador afectado, entre 50 a 199 de 10 UTM y 200 o más empleados la sanción alcanza 20 UTM.
Mientras que el comercio que no cierra sus puertas en la víspera del feriado, es decir el día domingo 30 de abril, las multas van de $464.610 hasta $2.787.660 por empresa.
Los trabajadores sorprendidos en infracción deberán cesar de inmediato sus turnos y abandonar su lugar de trabajo, y cabe señalar, que los locales comerciales atendidos por sus propios dueños pueden abrir durante el feriado.
es la multa mínima y $ 929.220 la máxima a los infractores que no respeten el feriado irrenunciable. $ 232.305