A propósito del fallo de la Corte de Apelaciones, que acoge recurso de nulidad interpuesto por la defensa, en el caso del parricidio frustrado ocurrido en la localidad de Mejillones, caso en que la persona que aparece como imputada es una mujer, y que una comunidad se movilizó para hacer presente, de acuerdo a lo que ha expresado su propia familia además, que ella, había estado sometida a una constante de violencia intrafamiliar por años, cabe hoy hacer una revisión de aspectos relacionados con la defensa que grupos vulnerables, que resulta tan importante, constituyendo uno de ellos, las mujeres.
No sólo es importante relevar el tema, privación de libertad de la mujer, con todas las implicancias que a nivel familiar esto conlleva, sino además analizar otros aspectos que muchas veces se encuentran presentes y que determinan un actuar criminal en el caso de una mujer.
La precariedad económica y la imposibilidad de mantener un grupo familiar, particularmente hijos pequeños, conlleva muchas veces a vincularse con temas de tráfico ilícito de estupefaciente, en este caso, en mayor medida con el microtráfico. En el caso de mujeres extranjeras, muchas de ellas engañadas por promesas de dinero que les ayudaran a salir de la pobreza no sólo a ellas sino también a su hijos, las enfrentan al peor de los escenarios, esto es ser procesadas en otro país, sin tener contacto con su familia, y más aun sin poder intervenir en la protección de ellos. Por esto, si se analiza el tipo de delito por el cual las mujeres enfrentan un proceso penal, el delito de tráfico, sobre todo en las regiones del norte, sobresale. No así en cambio los delitos violentos, como lo configuran los robos, homicidios o parricidios. Por ello cuando una mujer incurre en alguno de estos delitos, normalmente, salvo excepciones, la comisión de dichos hechos está precedida por un entorno de violencia.
Entornos de postergación, de abuso físico y psicológico, muchas veces son el detonante para un acto violento. No solo como respuesta a un acto determinado, sino como respuesta a años de abuso. Por ello es tan importante adecuar una defensa de acuerdo a la persona que se defiende. Pues no es lo mismo defender un adolescente infractor de ley, que a un migrante o a una mujer. Cada uno de ellos detenta una característica común, esto es, grupos vulnerables, con una diversidad particular y una problemática diferente.
Loreto Flores Tapia,
Defensora regional de Antofagasta