Celebran ley que respalda a padres de niños con enfermedades graves
SANNA. Establece uso de licencia médica hasta por 90, 60 ó 45 días.
El seremi del Trabajo y Previsión Social, Pablo Rojas, celebró la promulgación de la Ley que establece un Seguro para el Acompañamiento de los niños y niñas (SANNA) afectados por alguna condición grave de salud.
La autoridad regional destacó que este seguro fortalece el sistema de Protección Social con el que cuenta el país.
"Estamos dando cumplimiento a un anhelo de las familias que se ven afectadas por circunstancias imprevistas, como es la enfermedad grave de un hijo menor de edad y que requiere no sólo de la atención médica necesaria, sino también con el cuidado, atención y acompañamiento de sus padres durante el período más crítico del tratamiento", declaró la autoridad del Trabajo.
Sanna
Esta nueva normativa, de acuerdo a lo manifestado por Pablo Rojas, establece para los padres o madres trabajadores el uso de una licencia médica hasta por 90, 60 o 45 días, según corresponda, para acompañar a sus hijos entre 1 y 18 años que se encuentren afectados por una condición grave de salud y de alto riesgo vital.
"En este caso, recibirán una prestación económica que reemplaza, total o parcialmente, la remuneración financiada por este seguro", aclaró el seremi.
Cobertura
Entre las enfermedades y condiciones que cubrirá el seguro se encuentra el cáncer, trasplante, estado terminal, accidente grave con riesgo de muerte o secuela funcional severa y permanente.
En este sentido, la autoridad aclaró que cada una de estas enfermedades se irán sumando de forma gradual, partiendo por el cáncer y sus cuidados paliativos y luego se irán incorporando las demás contingencias.
"Este beneficio alcanzaría a más de 4.000 niños y niñas a nivel país. Este compromiso, como muchos que hemos asumido, se suman a los ya establecidos y ejecutados en el programa de gobierno", sostuvo la autoridad.
Agregó que serán beneficiarios de este seguro todos los trabajadores dependientes, tanto del sector público como del sector privado, los trabajadores independientes que cotizan y los trabajadores temporales que se encuentren cesantes y cumplan los requisitos establecidos en la Ley.
Vigencia
Según el calendario establecido por la Ley, la cobertura comenzará el primer día del mes subsiguiente a la publicación de la ley en el Diario Oficial, fecha aún no definida, con el seguro para cáncer y los tratamientos de alivio del dolor y cuidados paliativos por cáncer avanzado.