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Finaliza la instalación del sistema de APR en sector de Chunchuri

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Los más de 250 habitantes de Chunchuri, localidad de Calama, que durante años se encontraba sin suministro de agua potable ni electricidad, están muy contentos, debido a que ahora cuentan con esos servicios.

Luego de 640 días de ejecución, esta obra, cuya inversión sectorial fue de alrededor de 380 millones de pesos, es una realidad para esta comunidad que tenía un sistema precario que los abastecía del vital elemento, es decir, por medio de camiones aljibes o bien, llevando con balde el agua hasta sus hogares.

El proyecto contempló la ejecución de 98 medidores. Además, tuvo la alternativa de generar una conexión desde el sistema urbano Aguas de Antofagasta S.A. con un sistema independiente de abastecimiento. "La obra ejecutada correspondió a la mejor alternativa, definida desde el punto de vista técnico - económico, en cuanto a las obras de sistema de habilitación de captación, conducción, tratamiento, regulación, redes de distribución, obras viales y obras eléctricas", puntualizó el seremi de Obras Públicas, Rodolfo Gómez.

Asimismo, la iniciativa contempló la ejecución de obras eléctricas, un estanque elevado de 25 metros cúbicos y una red de distribución de 400 metros lineales de tubería de PVC.

El sistema de distribución de agua potable, se encuentra a cargo del comité de APR constituido el desde el año 2010, y su presidenta Carmen Chocobar, destacó la importancia del proyecto, señalando que "esta es una obra muy esperada por la comunidad de Chunchuri, por eso agradecemos a las autoridades regionales y al Ministerio de Obras Públicas, que han hecho posible estas obras, y gracias a ello tenemos agua potable en nuestros hogares".

Para el seremi del MOP, "este proyecto significó un gran desafío, que involucró un trabajo conjunto público y privado. Con esto, estamos cumpliendo con uno de los compromisos del gobierno, a través de la construcción de sistemas de APR para las localidades rurales de la región de Antofagasta".

En tanto, el director regional de la Obras Hidráulicas, Gabriel Valdivia, dijo que "uno de nuestros principales compromisos es avanzar en el abastecimiento de agua potable en todas las localidades rurales de la región y poder concretar el anhelo comunal".

Más de 5 mil casos por pensión alimenticia se dieron en la región según informe de tribunales

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Según cifras del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), en Chile se registran 200 mil demandas al año por el no pago de pensión de alimentos. Y si bien la ley exige la cancelación de esta obligación, y castiga efectivamente con cárcel y otras medidas el no cumplimiento, son muchos los casos de padres o madres que se desligan de esta responsabilidad.

Hace dos años, Y.M.A.B. llegó a un acuerdo legal con el padre de su hija, éste le entregaría un monto mensual de 70 mil pesos, como pensión de alimentos. "Hasta hace unos meses no habíamos tenido problemas, pero ahora el monto mínimo este año es de 84 mil pesos y él no ha aumentado la pensión de mi hija".

La mujer agregó que hace ya dos meses que no está cumpliendo con el depósito. "Le debe a mi hija 140 mil pesos, y está inubicable, razón por la cual no quiero buscar la instancia para poder demandarlo, ya que es un proceso largo el que lo ubiquen para notificarlo. Y regresar a los tribunales es desgastante".

El último informe del Tribunal de Justicia del año 2012 muestra la magnitud de esta problemática, ya que se registraron 5.633 causas para fijar pensiones alimenticias en la región de Antofagasta, todas ellas terminadas en el Tribunal de Familia.

La mediación es un proceso voluntario y es el primer paso para acceder a una pensión alimenticia. "Es un proceso de resolución de conflictos donde el padre y la madre buscan resolver sus problemas de forma pacífica a través del diálogo. Conversación asistida por un tercero imparcial que es el mediador, para luego ser firmada por el abogado asesor y así no llegar a un proceso judicial en el Tribunal de Familia", expresó la administradora del centro de mediación y asesoría integral, Noelia Aguilera.

El mediador los ayuda a obtener una solución que surja de ellos mismos, a través de sesiones realizadas fuera del tribunal, en un ambiente que favorece el entendimiento. "La labor que nosotros hacemos es que no se llegue a tribunales, ya que es un proceso más largo que una mediación, en que sólo son dos instancias las que se generan aquí, si la primera es frustrada por razones como inasistencia, se puede llamar a una segunda mediación, luego si ya hay un desacuerdo se deriva al Tribunal de Familia", comentó la profesional.

Es un procedimiento voluntario, "sin embargo, respecto de algunas materias la ley exige someterse a ella, en forma previa a la demanda judicial. El acuerdo a que lleguen las partes debe ser sometido a un paso final de aprobación del Tribunal de Familia", expresó Aguilera.

"Si durante la mediación no existe acuerdo en la forma en que se proporcionarán los alimentos, se deberá interponer una demanda ante el Tribunal de Familia competente, acompañando el acta del mediador que certifica que la mediación está frustrada", explicó el abogado del centro de mediación y asesoría integral, Christian Zuvic.

Éste agregó que la mayoría de las mediaciones frustradas son por el desacuerdo en el monto y otras por el régimen de visitas, además del conflicto en que sólo se piensa que pensión de alimentos es por la alimentación del hijo y no es así, ya que desde el punto de vista jurídico, el término "alimentos" comprende no sólo el sustento (comida), sino también el vestuario, la enseñanza escolar completa, además de los costos del aprendizaje de alguna profesión u oficio en algún instituto o universidad.

Es el caso de Marión Fuentalzar, quien no puede continuar sus estudios de Prevención de Riesgos por falta del apoyo del padre. "Mi hija debe casi 900 mil pesos de mensualidad del año pasado. No podrá estudiar si no cancela ese monto, y todo es por la irresponsabilidad de su padre en el pago de la pensión alimenticia, monto que se definió en la mediación", mencionó la madre de Marión, Rebeca Cisternas.

Zuvic destaca que "cuando un hijo pide pensión para continuar sus estudios universitarios debe presentar antecedentes que acrediten que es un alumno matriculado y que asiste a clases". Adjuntando que "sólo se puede con la primera carrera. Si el hijo se cambia de carrera o quiere un magíster o postgrado, el demandado puede pedir un cese de pensión", destacó Zuvic.

Marión está por terminar sus estudios universitarios, pero el impedimento en el pago de su mensualidad ha frustrado su sueño de ser profesional, "Mi hija no quiere demandar a sus abuelos por culpa de la irresponsabilidad del padre, no quiere llegar a esas instancias", indicó la madre.

"El pago de la pensión alimenticia por parte de los abuelos no es una obligación, es totalmente voluntario, también se pasa por una mediación donde los abuelos se ponen de acuerdo en el monto y pago de la alimentación", expresó Aguilera.

La existencia de un nuevo hijo es la razón más utilizada por los hombres para solicitar el cese o rebaja de pensión o hasta el no pago de ésta. "No porque tenga dos o tres hijos uno de ellos no tiene derecho de tener pensión alimenticia, si se tiene dos hijos, esto se divide en porcentajes iguales", destacó la administradora del centro de mediación y asesoría integral.

Liliana Jiménez, quien comenzó el proceso judicial en el año 2012, cuenta que el padre de su hija de 4 años, hace ya siete meses que no paga el monto de 90 mil pesos que en mutuo acuerdo llegaron en la mediación. "El padre de mi hija ahora se excusa de tener otro hijo, por lo cual no puede pagar la pensión de alimentos. Quiero que pague lo que le debe a su hija, y si él pide una rebaja la aceptaría, ya que sólo estoy pidiendo lo que para mi pequeña es un derecho".

La segunda razón más recurrente es por cesantía del demandado. "Perder el trabajo no es causal para dejar de pagar. La ley presume que se tiene una capacidad mínima de pago, incluso en caso de desempleo", recalcó el abogado.

Pero el mejor predictor de que el padre no cumplirá es cuando la pensión no se fija por mutuo acuerdo, expresó Zuvic. "Son los casos en que el padre es notificado de la demanda por pensión de alimentos, pero no asiste al juicio y éste se realiza sin su presencia. La no asistencia presume falta de interés en asumir su responsabilidad".

Si dictada una resolución judicial que decreta una pensión de alimentos, y ésta no se cumple, la ley entrega mecanismos para proteger y asegurar su cumplimiento.

Zuvic, explicó que existen sanciones para quienes no pagan la pensión alimenticia, la primera es la reclusión nocturna, la detención entre las 22 horas y hasta las seis de la mañana del día siguiente y hasta por 15 días. Si cumplido el arresto, el demandado deja de pagar la pensión correspondiente al mes siguiente, el juez puede repetir esta medida hasta obtener el pago total de la pensión de alimentos adeudada.

La segunda sanción consta de la retención de la devolución del impuesto a la renta, medida ordenada por el juez en marzo de cada año, para retener la devolución anual de impuestos, para así cancelar el monto de las pensiones impagas.

Además de la suspensión de la licencia de conducir por seis meses. "Las más comunes y solicitadas en el tribunal son las del arresto nocturno y la retención del impuesto, aunque las demás también rigen, pero son poco requeridas.", comentó el abogado.

Para hacer efectiva alguna de estas medidas, generalmente el demandante a través de un abogado, deberá solicitar al juez de familia, el cual tramitó el juicio por alimentos, que se cumpla con las sanciones establecidas por la ley.

"Cuando un hijo pide pensión para continuar sus estudios debe presentar antecedentes que acrediten que es un alumno matriculado y que está asistiendo a clases".

Christian Zuvic

Abogado