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Cámaras de vigilancia ayudan a prevenir delitos en la ciudad

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Debido a la implementación de 40 cámaras de televigilancia de alta resolución, zoom óptico y visión nocturna se ha permitido reducir el microtráfico de drogas, robos y accidentes vehiculares en sectores denominados como conflictivos en la ciudad.

El jefe del departamento de seguridad, Héctor Inarejo señaló que la instalación de estas cámaras buscan disuadir a los delincuentes, dar mayor sensación de seguridad a los calameños y mejorar los medios de prueba para la formalización de delincuentes en los tribunales, "las cámaras están de apoyo para los carabineros en los procedimientos policiales, el proyecto nació como necesidad de colaborar y combatir la delincuencia".

Agregó que la mantención de estas cámaras de televigilancia es cercana a los 200 millones de pesos anuales, "una de las problemáticas que debemos enfrentar son los daños que se generan por el clima y otras veces los destrozos de los mismos delincuentes a estas cámaras, por lo que las reparaciones son muy costosas".

Por su parte el subprefecto Jorge Tobar, señaló que tienen una ventaja estratégica sobre el delincuente, "actualmente las cámaras que están desplegadas en la comuna, están instaladas en lugares que se consideran tácticos para la vigilancia pública, lo cual nos ha permitido mejorar la sensación de seguridad de las personas que viven en Calama, para así prevenir y detectar los delitos"

Agregando que, "porcentualmente el apoyo que nos prestan las cámaras de vigilancia es fundamental, hemos logrado la detección no solo de delitos, sino también accidentes de tránsito o accidentes causales que ameritan la presencia de carabineros y hemos podido tener una reacción inmediata gracias a las cámaras".

Expresó además que el personal de Cenco monitorea las 24 horas del día, sumando además que el puesto está a cargo de exfuncionarios de carabineros, "es muy importante ya que ellos a través de su conocimiento y experiencia tienen la sensibilidad de detectar inmediatamente los delitos".

Asimismo Iranejo destacó que, "quienes están a cargo del monitoreo de las cámaras de vigilancia son parte fundamental de que este trabajo sea eficiente y fundamental para carabineros".

Operación renta 2014: Claves del nuevo proceso tributario

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La incorporación de la obligatoriedad de cotizar en el sistema de AFP al momento de realizar la operación renta, es una normativa que comenzó a regir para las personas naturales desde el año 2012. Siendo este año el último proceso en que los contribuyentes pudieron renunciar a este procedimiento, ya que desde el próximo año todas aquellas personas que emitan boletas de honorarios tendrán la obligación de pagar sus cotizaciones previsionales.

Según informó el Servicio de Impuestos Internos (SII), todas aquellas personas naturales que emitan boletas de honorarios deberán cancelar obligatoriamente el 10% correspondiente al fondo de pensiones, entre el 0,77% y el 2,36% por comisión de la administradora de fondos, el 1,26% del seguro de invalidez y cesantía, sumado al 0,95% del seguro contra accidentes del trabajo. Por lo tanto, cómo mínimo el contribuyente deberá descontar de su devolución de impuesto a la renta el 12,98%.

Sin embargo, este año este descuento no se realiza sobre el 100% de la retención, si no del 80% de los honorarios del año calendario correspondiente, según indicó el SII. Por lo tanto, si la devolución de impuesto es de 300 mil pesos, el valor de cálculo que se ocupará será de 240.000 pesos, de los cuales habrá que descontar el porcentaje que corresponda de cotización. Ya que su variación dependerá de la AFP a la cual se esté afiliado.

La finalidad de esta normativa, es permitir que las personas que no cotizan puedan tener ahorros previsionales para su vejez, ya que actualmente quienes no hayan procurado este resguardo sólo recibirán una pensión de sustancialidad de aproximadamente 80 mil pesos mensuales.

"No sólo ahorramos para futuras pensiones de vejez e invalidez, sino también que estamos protegidos ante accidentes laborales, accediendo a subsidios de incapacidad laboral, atención médica y rehabilitación gratuita, entre otros", manifestó el seremi del Trabajo, Pablo García.

El socio de RSM Chile Auditores, Eduardo Medina, comentó al efectuarse esta nueva ley número 20.255 permitirá a los trabajadores independientes acceder a los mismos beneficios que los trabajadores dependientes con contrato de trabajo, es decir podrán tener asignaciones familiares, seguro por accidentes laborales y enfermedades profesionales, pensiones de vejez e invalidez y en caso de fallecimiento, pensiones de sobrevivencia para sus beneficiarios.

Esta nueva ley no sólo afectará a las personas que perciben honorarios y no realizan cotizaciones, sino también a aquellas que tiene un contrato de trabajo dependiente y que además emiten boleta de honorarios por otros servicios. Sin embargo, el SII aclaró que sólo realizará el descuento a todos los contribuyentes que hayan cotizado durante el año por menos de 843,6 UF, es decir unos 19 millones 820 pesos anuales. Por lo tanto, quien tenga estas cotizaciones anuales o por sobre este monto, no se verá afectado con el descuento en la operación renta.

Medina, aclara que las personas que tienen contrato dependiente y sobrepasan el límite máximo imponible, deberán cotizar por los honorarios percibidos el año en ejercicio, debido a que en la cotización de empleado dependiente no cubrieron el total de sus ingresos.

Sin embargo el socio de RSM Chile Auditores, Eduardo Medina, también es enfático en manifestar que no sólo las rentas topes mensuales (70,3 UF) están exentas, si no que todas aquellas personas que están afiliadas a instituciones del sistema antiguo de previsión como Capredena, Dipreca e IPS. Además, las mujeres que tengan 50 años o más y hombres con 55 años o más, sumado a todos aquellos que hasta el 1 de Enero de 2012 hayan expresado su opción de no cotizar en el sitio web del SII.

Sumado a lo anterior, también están exentos aquellos pensionados por vejez, vejez anticipada o invalidez total no cotizarán y todos aquellos que perciban honorarios anuales inferiores a $241.000.

Actualmente el SII pone a disposición de los contribuyentes franquicias tributarias, las cuales favorecerán la rebaja en el impuesto a declarar. Ya que todas las personas que son gravadas o afectadas con el Impuesto Global Complementario o con el Impuesto Único a los Trabajadores.

Podrán rebajar de la renta bruta imponible anual los intereses efectivamente pagados durante el año calendario al que corresponde la renta, por causa de créditos con garantía hipotecaria que se hubieren destinado a adquirir o construir una o más viviendas, o en créditos de igual naturaleza destinados a pagar los créditos hipotecarios.

Además, todas aquellas personas que realicen inversiones como acciones o ahorros previsionales voluntarios (APV) en sus AFP, también pueden rebajar del impuesto Global Complementario, o del Impuesto Único a los Trabajadores.

Sumado a estas franquicias, está el crédito tributario donde las personas podrán rebajar del impuesto el gasto de educación escolar y preescolar, con un tope de 66 UF mensuales.

"Todas estas franquicias varían según los tramos que especifica el SII, ya que siempre dependerá de ellos cuánto será el monto a rebajar. Por ello es labor del contador realizar la operación, siendo importante que las personas naturales se puedan asesorar con anticipación antes de realizar la operación renta. Ya que es importante que ocupen los beneficios tributarios" comentó, Manuel Ávila, abogado.

Sin embargo, todas estas inversiones serán tomadas en cuenta para el proceso de operación renta, siempre y cuando se hayan realizado antes del 31 de diciembre del año pasado. Porque si se realizó durante este año, no habrá posibilidad de solicitar la franquicia.

La operación renta 2015, comenzará a descontar obligatoriamente las cotizaciones a todas las personas que emitan boleta de honorarios. Y el cálculo se realizará sobre el 100% de lo percibido.

"No sólo ahorramos para futuras pensiones de vejez e invalidez, sino también que estamos protegidos ante accidentes laborales, accediendo a subsidios de incapacidad laboral, entre otros".

Pablo García

Seremi del Trabajo

Esta ley estableció que los trabajadores a honorarios estarán obligados a realizar cotizaciones previsionales para pensiones, accidentes del trabajo, enfermedades profesionales y salud. El pago les permitirá acceder a los mismos beneficios que los trabajadores dependientes, es decir, seguridad en el trabajo, pensiones de vejez e invalidez. Si fallece, habrá pago de la cuota mortuoria y de pensiones de sobrevivencia para sus beneficiarios, y en caso de enfermedad, a subsidios de incapacidad laboral y atención médica.