A tomar en cuenta al pedir un crédito
Se viene marzo, uno de los meses del año de mayor gasto para las familias de nuestro país, lo que implica que muchas de ellas recurran al crédito para financiar parte de estos compromisos. En este sentido, los consumidores deben saber que la Ley del Consumidor establece una serie de derechos al momento de pedir un crédito, lo que le permitirá tomar una decisión informada.
Al momento de pedir un crédito, los consumidores tienen derecho a que le informen adecuadamente, de forma veraz y oportuna, las condiciones del crédito. Asimismo, deben respetarle lo informado en las publicidades de crédito. Por otro lado, las empresas financieras deben informar la Carga Anual Equivalente (CAE) y el Costo Total del Crédito (CTC) en toda publicidad de créditos.
Recuerde que la cotización que le entregue la institución financiera tiene una vigencia mínima de siete días. Es decir, en ese plazo no le pueden cambiar las condiciones ofrecidas, lo que le permite comparar con otras instituciones. Además, sepa que le deben entregar la hoja de resumen, la cual tiene un formato estándar y debe ir en la primera carilla del contrato y de las cotizaciones. Debe indicar el precio y todos los costos asociados al crédito que el consumidor está solicitando, entre otros aspectos relevantes.
En caso que la entidad financiera le rechace el crédito, el consumidor tiene derecho a ser informado por escrito de las razones objetivas de dicha negativa.
Tome en cuenta además que usted como consumidor puede poner término anticipado al contrato de crédito de consumo por su sola voluntad y siempre que extinga totalmente las obligaciones con el Proveedor por dicho crédito.
Tome en cuenta que no le pueden vender ni ofrecer productos de forma atada. Esto quiere decir que no pueden imponerle o condicionarle la contratación de un producto a otro distinto, sin darle la posibilidad de contratar dichos productos por separado.
Que un consumidor tenga deudas impagas no es razón para que las empresas cambien unilateralmente lo establecido en el contrato y renegocien sin su consentimiento. Esto es independiente si las nuevas condiciones de renegociación sean o no más beneficiosas para el deudor. El consentimiento del consumidor es importante, por lo que debe aceptar expresamente la repactación.