Guardias y derechos de los consumidores
De vez en cuando surgen denuncias de consumidores que sufren algún maltrato de parte de los guardias de seguridad. En este sentido, es importante que los consumidores conozcan sus derechos para que puedan ejercerlos. Para el Sernac, si bien es legítimo que las empresas cuiden su negocio, en ningún caso pueden tomar medidas que vulneren la dignidad de los consumidores y mucho menos actuar arbitrariamente y negar la prestación de sus servicios.
Es importante recordar además que la Ley del Consumidor establece que los responsables de la vigilancia en los establecimientos comerciales tienen la obligación de respetar la dignidad y derechos de las personas.
En caso de que los guardias o personal de vigilancia sorprendan a una persona delinquiendo, sólo están facultados para ponerla a disposición de las autoridades competentes, como Carabineros o Investigaciones. Estos funcionarios no están autorizados para registrar ni detener a la persona contra su voluntad.
Los consumidores que injustamente son acusados de hechos ilícitos deben exigir la presencia de la autoridad a fin de que se inicie el procedimiento que pueda determinar si existió o no el delito.
Los consumidores tienen derecho a exigir las indemnizaciones que correspondan cuando ven afectados sus derechos, es decir, la molestia, la humillación, el dolor que le causó la situación.
Otros de los problemas que a veces se presentan tienen relación con la negativa de acceso a determinados lugares. En este caso, es importante explicar que los consumidores tienen derecho a adquirir los bienes y servicios que ofrecen las empresas. Para la Ley los consumidores no tienen color político, de piel, camiseta de fútbol o condición sexual. Todos somos iguales.
La Ley sanciona la negativa injustificada a la venta de un bien o la prestación de un servicio y establece claramente que ninguna empresa puede negar la venta de un producto o servicio en las condiciones ofrecidas y dentro del rubro del respectivo negocio.