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Ley de etiquetado de alimentos: Para una elección informada

Vigencia. La nueva normativa comenzará a regir doce meses después de ser publicada en el Diario Oficial.
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En la Contraloría, y en su última etapa de revisión, permanece el nuevo reglamento de la Ley de Etiquetado de Alimentos, que contempla severas restricciones a los productos procesados que contengan altos índices de nutrientes críticos -sal, azúcar, grasas saturadas y calorías-, elementos que gatillan enfermedades de alto impacto en la población, tales como diabetes, obesidad, hipertensión, afecciones coronarias y accidentes vasculares, entre otras.

Se trata de la Ley 20.606 de 2012, sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad, cuyos objetivos son: proteger a los niños de la obesidad; favorecer una elección en el marco de una información más clara al consumidor, mediante un etiquetado que advierta que el producto es poco saludable; disminuir el consumo de alimentos con exceso de nutrientes críticos, además de mejorar la alimentación de la población, y contribuir a disminuir la prevalencia de obesidad y de otras enfermedades no transmisibles.

En Chile, cada una hora muere una persona por enfermedades relacionadas con sobrepeso y obesidad. Uno de los últimos estudios del Minsal en esta materia, señala que un 34 por ciento de los niños antes de entrar al colegio ya padecen de malnutrición por exceso.

Qué es lo nuevo

La directora de la Escuela de Nutrición y Dietética de la Universidad de Valparaíso, Marcela Alviña, advirtió que enfrentar la educación alimentaria al público a través del etiquetado no es nuevo. Tampoco lo es vincular nutrientes críticos con el desarrollo de patologías de índole nutricional. Lo nuevo de este reglamento es desincentivar el consumo de alimentos que sobrepasen el límite permitido de los nutrientes analizados.

"Se espera que el mensaje de advertencia llegue al consumidor de manera más directa, y así éste reaccione no comprándolo. Por otra parte, se espera que la industria alimentaria, al suponer una baja en las ventas de los productos que lleven el logo, reaccionará de manera más drástica y modificará la proporción de los ingredientes, o definitivamente sustituirá algunos ingredientes para no hacerse merecedor del logo. Implica entonces que a la larga habrá una menor cantidad de productos riesgosos para la salud disponibles en el mercado", proyectó la nutricionista.

La ley afectará los alimentos procesados con alto contenido de nutrientes críticos. La normativa obliga a que los envases de estos productos sean rotulados con un notorio símbolo octogonal, muy similar a un disco Pare, que advierte que el producto es poco saludable, dado que sobrepasa el límite permitido de uno o más nutrientes críticos.

No obstante, la normativa aclara que se exceptuarán aquellos alimentos cuyo contenido de energía, azúcares, sodio o grasas saturadas sea el que contiene en forma natural.

Los límites

El reglamento establece los siguientes límites por cada cien gramos de alimento: 275 Kcal de energía (calorías), 10 gramos de azúcar, 4 gramos de grasas saturadas y 400 mg. de sodio.

Los alimentos líquidos serán medidos de otra manera: por cada 100 ml. del producto no podrán exceder de 70 Kcal de energía, 100 mg. de sodio, 5 gramos de azúcar y 3 gramos de grasas saturadas.

En estos momentos, si la ley estuviese vigente, numerosos productos tendrían la etiqueta "Exceso de". Incluso las galletas de soda light McKay sobrepasan los límites, ya que contienen 412 de energía, cuando lo permitido es 275, y 693 de sodio, ante un límite permitido de 400. Otro ejemplo es una bebida Fanta de 100 ml, que supera dos veces el límite permitido de azúcar, con 12,1. Las sopas deshidratadas tampoco pasan la prueba: una sopa para uno alcachofa Premium Maggi 100 gr. contiene 361 de energía, 5100 de sodio y 15,5 de azúcar. Asimismo, el queso ranco laminado Colún 100 gr. contiene 332 de energía, 435 de sodio y 16,6 de grasas saturadas.

Publicidad

Con la nueva normativa los alimentos también se verán limitados en su publicidad, y su venta estará prohibida en colegios.

Catalina González, magíster en Nutrición Humana, quien fue miembro de la Comisión del Ministerio de Salud que definió el reglamento de publicidad de alimentos, explicó que la ley restringe la publicidad y promoción de productos procesados destinados a niños. "No se podrán entregar gratuitamente, ni utilizar ganchos comerciales tales como juguetes, accesorios, adhesivos, incentivos u otros similares, dice la norma", aseguró la profesional.

Estos productos tampoco podrán publicitarse en programas ni sitios web orientados a menores de catorce años, o cuando los programas, a pesar de no estar dirigidos a los niños, igualmente capten una audiencia infantil igual o mayor al 20 por ciento. Añadió que "estos alimentos no podrán expender, comercializar, promocionar ni publicitar dentro de los establecimientos de educación parvularia, básica o media".

Catalina González destacó que para que la publicidad de estos alimentos que se efectúe por medios de comunicación masiva, "deberá llevar un mensaje que promueva hábitos de vida saludable".

Finalmente, la académica aclaró que los límites de contenidos de los alimentos -energía, sodio, azúcares y grasas saturadas- entrarán en vigencia en forma progresiva. En cuanto al etiquetado, una vez publicada la ley en el Diario Oficial, comenzará a regir doce meses después, por lo tanto la industria alimentaria tendrá un plazo de un año para adaptarse a los requerimientos de la nueva reglamentación.