Hace ya más de medio siglo Francesco Carnelutti, el siempre necesario procesalista italiano, expresaba: "Todas las sentencias de absolución, excluida la absolución por insuficiencia de pruebas, implican la existencia de un error judicial".
El mismo Carnelutti se refería al proceso penal como ese "terrible mecanismo, imperfecto e imperfectible, [que] expone a un pobre hombre a ser llevado ante el juez, investigado, no pocas veces arrestado, apartado de la familia y de los negocios, perjudicado por no decir arruinado ante la opinión pública, para después ni siquiera oír que se le dan las excusas por quien, aunque sea sin culpa, ha perturbado y en ocasiones ha destrozado su vida".
Y ese terrible mecanismo sigue operando. En Chile, son muchos los casos que se exponen en la Página Web del Proyecto Inocentes que lidera la Defensoría Penal Pública. Casos de personas comunes y corrientes, como Ud. lector, que de la noche a la mañana se transformaron en "imputados", que esperaron largos meses a que se cerrara una investigación penal y que luego se realizara el juicio oral, donde finalmente fueron absueltos, llegando los jueces a la convicción que no les cabía ninguna participación en el delito que se les atribuyó.
No obstante, la sola existencia de una absolución, por la razón que sea, si bien pone término al proceso penal, no siempre implica la extinción de la imputación. Son muchas las veces que el imputado deber cargar sobre sus hombros, por varios años, con la imputación original. Para ellos, "el proceso no termina nunca. El imputado continúa siendo imputado por toda la vida".
Por ello, una de las virtudes del Proyecto Inocente es que cuenta la historia de un error, lo reconoce y categoriza, lo hace público, lo releva y enfrenta a las innumerables señas de ese estigma permanente en que, en estos casos, se ha transformado Internet.
Esta orweliana creación, imprescindible y odiosa, niega el olvido. Por el contrario, regurgita y se ensaña con la desgracia del que jurisdiccionalmente absuelto sigue comprobando que su nombre continúa vinculado a un hecho que repudia. Ese inocente debe expiar una condena inexistente.
El reconocimiento judicial del derecho al olvido se alza como un remedio para esta miseria del proceso penal. Es hora de poner atención a un uso más frecuente de este antídoto contra el veneno de la injusticia.
Ignacio Barrientos Pardo,
Jefe de Estudios, Defensoría Regional