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Abogado de Bachelet se refiere a sanción a revista por Consejo de Ética de Medios

QUERELLA. La audiencia conciliatoria está fijada para el próximo 3 de octubre.
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El abogado de la Presidenta Michelle Bachelet, Juan Pablo Hermosilla, quien la representa en la querella por injurias contra la revista Qué Pasa, aseguró ayer que la sanción que impuso el Consejo de Ética de los Medios de Comunicación de Chile contra el medio mencionado, "confirma que con el artículo se intentó afectar la imagen de la Presidenta".

"Me parece muy bueno que exista una amonestación porque, por unanimidad, queda establecida la incorrección realizada por la revista al sacar este tipo de notas", comentó el profesional a Emol.

Esto luego de que el organismo mencionado sancionara a la revista por "faltar a la ética" al publicar en su versión electrónica e impresa las escuchas telefónicas al operador inmobiliario Juan Díaz, que involucraban a la Mandataria en el denominado caso Caval, por el que su nuera Natalia Compagnon tiene calidad de imputada.

La comisión, integrada por Abraham Santibáñez, Francisca Alessandri, Jaime Bellolio Rodríguez, Bernardo Donoso, Mercedes Ducci, María Elena Gronemeyer, María José Lecaros y Patricia Politzer; estableció de manera unánime que Qué Pasa infringió ciertos lineamientos éticos al publicar asuntos cuya veracidad está siendo indagada por la Fiscalía.

Hermosilla señaló al medio citado que "fue evidentemente que se vulneraron estándares éticos mínimos de una prensa democrática", insistiendo en que "lo que vimos fue una información motivada políticamente para atentar en contra de la imagen de Michelle Bachelet".

El abogado destacó que el análisis del ente autorregulador "ayuda al análisis legal sobre la conducta desplegada por la revista".

En su análisis el Consejo de Ética llamó "a todos los medios de comunicación social a que realicen un adecuado contraste de la información a la que tienen acceso" y a transparentar los "estándares de manejo de información a la que accede vía filtraciones".

El gerente general de Copesa, Álvaro Caviedes, dijo a El Mercurio que la firma está estudiando solicitar una reconsideración, para lo que tienen 10 días. "No estamos satisfechos por el contenido, porque no se analizaron adecuadamente los argumentos que presentamos", señaló.

La resolución del consejo sólo tiene alcances respecto de la ética periodística.

La audiencia conciliatoria por la querella presentada por la Presidenta Bachelet está fijada para el próximo 3 de octubre ante el 2° Juzgado de Garantía de Santiago.

Hallan culpable de homicidio a la madrastra de Ángel Márquez

CRIMEN. La fiscalía logró acreditar que el niño de cuatro años sufría constantes agresiones por parte de Vanessa Trigari. La sentencia se conocerá el 28 de septiembre.
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Carolina Collins

En un fallo unánime, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó encontró culpable de homicidio calificado a Vannesa Trigari Torrejón (30), la madrastra de Ángel Márquez Zapata, el niño de cuatro años que fue encontrado muerto en agosto de 2015 en la comuna de Molina, en la Región del Maule.

El niño fue encontrado sin vida el 26 de agosto del año pasado, tras permanecer cuatro días desaparecido, a sólo unas cuadras de su casa, envuelto en plásticos y toallas al interior de un canal en un sitio eriazo.

La mujer, que era pareja de Freddy Márquez, padre del niño, participó de la búsqueda mientras estuvo desaparecido y se mostró afectada por la situación. Pero, finalmente confesó que sabía dónde estaba el cuerpo y que lo había arrojado cerca del estadio municipal de la comuna de Molina.

Posteriormente, en agosto de ese año, Trigari no reconoció la autoría del homicidio y acusó durante el juicio oral al hermano mayor de la víctima, de sólo 11 años, de haber cometido el crimen.

Detalles del juicio

En el juicio, el abogado defensor Esteban Arévalo afirmó que la muerte del niño fue "accidental" y que se produjo cuando el hermano lo metió en un bolso como parte de un juego, por lo que habría muerto asfixiado.

Sin embargo, la autopsia al cuerpo del niño hecha por el Servicio Médico Legal evidenció que murió por asfixia por sofocación homicida y que tenía lesiones en el cuello y las costillas que pueden ser atribuidas a terceros.

Otro antecedente para acreditar que el menor sufría agresiones es que existía una denuncia por maltratos contra la mujer en la Municipalidad de Molina.

La fiscalía logró acreditar durante el proceso que Ángel sufría constantes agresiones por parte de su madrastra y que estaba en estado de desnutrición.

Asimismo, se estableció que tras asfixiar al niño, la mujer obligó al hermano mayor a esconder el cuerpo.

Durante el juicio contra Trigari, que comenzó el pasado 28 de agosto, declararon cerca de 65 testigos y otros 15 peritos policiales y forenses.

Por el crimen la fiscalía pide una condena de presidio perpetuo calificado, que implica un mínimo de 40 años de cárcel antes de que Trigari pueda optar a algún beneficio penitenciario.

La lectura de sentencia quedó programada para el próximo 28 de septiembre a las 12.00 horas.

No descartan pedir la nulidad

El abogado defensor de la madrastra del niño, Esteban Arévalo, insistió en la inocencia de la condenada y no descartó pedir la nulidad del juicio. Sin embargo, señaló que esperará a leer el fallo del tribunal antes de apelar a éste. Según consignó Emol, la fiscalía espera que la apelación no prospere, puesto que la decisión de las tres juezas que integran el tribunal fue tomada de manera unánime. Durante el juicio, asistieron organizaciones defensoras de los menores que insistieron que el padre de la víctima, Freddy Márquez, también es responsable.

Suprema rechaza recurso de fiscal Arias contra Abbott

SUMARIO. Su abogada anunció que insistirán en la Corte si es sancionado.
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La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó de manera unánime el recurso de protección presentado por el fiscal regional de O'Higgins, Emiliano Arias, en contra del jefe del Ministerio Público, Jorge Abbott, luego de que éste último decidiera abrir un sumario en su contra.

El máximo tribunal ratificó así el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, que antes había declarado inadmisible la acción judicial, argumentando que no se han vulnerado las garantías constitucionales del persecutor, desestimando que el sumario ordenado por Abbott sea una "acción ilegal y arbitraria".

Con el recurso de protección Arias buscaba impedir el sumario administrativo que abrió el fiscal nacional luego de remover al persecutor del caso Corpesca a raíz de una entrevista concedida por el fiscal en la que aseguró que en la tramitación de la ley de Pesca hubo "corrupción".

Abbott estimó que con esas declaraciones Arias había infringido el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, al dar a conocer antecedentes de la investigación.

Sin embargo, la sala integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Carlos Aranguiz, Manuel Valderrama y el abogado integrante Álvaro Quintanilla, ratificó lo que había sido fallado por el tribunal de alzada.

Dicho fallo además establecía que no correspondía pronunciarse al respecto puesto que aún no había sido aplicada una sanción por el proceso administrativo.

Arias perseverará

La abogada defensora de Arias, Marisa Navarrete, anunció que en caso de que existan sanciones contra el fiscal por el sumario insistirán nuevamente ante la Corte de Apelaciones.

"La resolución de la Corte Suprema no ha dado mayor argumentación, por lo tanto lo único que ha señalado es que ese ha confirmado la resolución de primera instancia de la Corte de Apelaciones de Santiago", dijo la jurista, que añadió en declaraciones a Emol que "el tribunal ha dejado la puerta abierta para poder recurrir nuevamente, lo que haremos si eso sucede".

Navarrete dijo que como parte de la defensa ante el sumario incluyeron los instructivos del Ministerio Público que no "sólo no prohiben, sino que instan a que los fiscales se adelanten a los requerimientos de la prensa, y el único límite establecido, es no vulnerar el secreto de las investigaciones".