A las 20 horas del sábado parte el último feriado irrenunciable
MULTAS. El seremi del Trabajo detalló que no hubo infractores durante Navidad y destacó que el lunes 2 de enero es un feriado normal y el comercio puede trabajar.
Sin multas se cumplió el feriado obligatorio e irrenunciable de Navidad en la región, así lo destacó el seremi del Trabajo y Previsión Social, Pablo Rojas, quien recordó que este sábado 31 de diciembre, desde las 20 horas, comenzará el de Año Nuevo, el que se extenderá hasta las 06 horas del lunes 2 de enero. Día que también será feriado, aunque sin la categoría de irrenunciable, por lo que el comercio podrá abrir sus puertas con normalidad.
Respetaron la ley
"Hubo un 100% de cumplimiento de la norma, es decir, no hubieron casos detectados amén de poder aplicar infracciones en la región de Antofagasta. Ahora el domingo 01 de diciembre, al igual como lo fue el domingo 25, es feriado irrenunciable, por lo que se generará la prohibición de atender después de las 20 horas del sábado 31 de diciembre", detalló la autoridad.
El secretario regional, detalló que se excluyen de esta normativa quienes trabajen en clubes o restaurantes, locales de entretención como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabaret, casinos de juego y lugares de juego legalmente autorizados.
En igual situación, añadió el seremi, están quienes laboran en expendio de combustibles, farmacias de urgencia o que cumplen turnos fijados por la autoridad sanitaria. Lo mismo rige para los que trabajan en las "tiendas de conveniencia" adosadas a los servicentros si junto con la venta directa también elaboran alimentos preparados, como hot dog, sándwiches y café.
Feriado del 2 de enero
Rojas, sobre el reciente aprobado feriado del lunes 2 de enero, explicó que "es una ley recientemente promulgada por la Presidenta Michelle Bachelet, y se establece como un feriado normal, es decir, no irrenunciable, por lo cual los supermercados y el retail, pueden abrir sus puertas. Mientras que los personas que trabajen ese día deben recibir un recargo de un 50% en el valor de la hora ordinaria".
Valor de las MULTAS
Sobre cómo operan las multas para aquellos empleadores o empresas que vulneren el feriado, el coordinador de Relaciones Laborales de la dirección regional del Trabajo, Manuel Pozo, explicó que las sanciones por no respetar esta normativa son gravísimas.
En el caso de no respetar el domingo 01 de enero como feriado obligatorio e irrenunciable, las multas se aplican por cada trabajador en infracción y va a depender del número de trabajadores de la empresa ya sea entre 1 y 49; 50 y 199 y 200 y más empleados, aplicándose respectivamente 5 unidades tributarias mensuales (UTM) ($230.975); 10 UTM ($461.830) y 20 UTM ($923.660).
Si el empleador extiende la jornada ordinaria más allá de las 20 horas el sábado 31 de diciembre las multas fluctúan entre 5,10 y 20 UTM. En caso que se vulnere los derechos de los trabajadores, las autoridades informaron que se pueden realizar denuncias en el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl