Redacción
La Fiscalía de Calama logró un histórico fallo contra un grupo de siete personas -uno de ellos menor de edad- al acreditar que eran parte de una organización criminal dedicada al robo de vehículos, su desmantelación y venta de partes, las que eran trasladadas hasta distintos puntos del país y del extranjero.
A través de técnicas de investigación de vanguardia y diversas pericias, realizadas el 2015, que incluyeron interceptaciones telefónicas, permitieron establecer que los imputados se asociaron y elaboraron una organización para apropiarse de vehículos de terceros y cometer otros delitos.
Las escuchas telefónicas permitieron establecer el modus operandi así como el destino que se daba a los móviles robados. Algunos eran desmantelados y posteriormente reducidos, en tanto otros eran sacados del país por medio de un contacto de origen boliviano.
Condenas
Los acusados, el menor D.A.A.R. y los adultos Fabián Ariel Reyes Araya, René Alfredo Rojas Tapia, Juan Daniel Oyarzo Vega, Jimmy Wilfredo Luza Huerta, Alejandro Andrés Jopia Vega y Bryan Mauricio Reyes Lastarria, fueron condenados a cumplir, por asociación ilícita, la pena de 541 días de presidio menor en su grado mínimo, salvo el más joven de éstos, quien deberá cumplir 40 horas de prestación en servicio de la comunidad.
En tanto el imputado, Alejandro Andrés Jopia Vega recibió una pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo teniendo rol de líder de la asociación.
Maltrato a carabineros
Por su parte Fabián Ariel Reyes Araya fue condenado además con la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y a la pena accesoria de suspensión en el cargo u oficio público durante el tiempo de la condena por su responsabilidad a título de autor del delito consumado de Maltrato de obra a Carabineros causando lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 416 número 4 del Código de Justicia Militar, cometido en esta jurisdicción el día 06 de abril de 2016.
También como autor del delito consumado de receptación de vehículo, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal, cometido en esta jurisdicción el día 06 de abril de 2016 a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, más multa de tres Unidades Tributarias Mensuales.
El imputado Juan Daniel Oyarzo Vega, también fue condenado como autor del delito consumado de Maltrato de obra a Carabineros causando lesiones leves, a sufrir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y a la pena accesoria de suspensión en el cargo u oficio público durante el tiempo de la condena.
En tanto, Brayan Mauricio Reyes Lastarria, además de la condena por la asociación ilícita fue condenado como autor de tres delitos más, de ellos dos casos donde actuó con intimidación, a dos penas de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y a la pena accesoria de inhabilitación absoluta para derechos políticos y para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. Y como autor de delito de receptación de vehículo motorizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio.