Corte de Apelaciones acoge recurso de amparo por expulsión
FALLO. Tres jóvenes peruanos fueron detenidos por tener en su poder supuestos libros anarquistas.
Por fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de amparo presentando por la Coordinadora Nacional de Inmigrantes y el Instituto de Derechos Humanos contra la Policía de Investigaciones y el intendente Arturo Molina, por la expulsión de tres estudiantes peruanos, hecho ocurrido el pasado 26 de enero y tramitado por la Intendencia de Antofagasta.
La defensa de los jóvenes universitarios detalló que éstos se encontraban en el país para complementar sus investigaciones en torno a la historia del movimiento obrero en los inicios del Siglo XX, sin embargo, fueron investigados por la PDI en Iquique, Antofagasta y La Serena, ciudades donde habrían realizado encuentros con tópicos vinculados al anarquismo.
'doctrinas'
En opinión del Gobierno y la PDI, los peruanos propagaron y/o fomentaron doctrinas que tienden a "destruir o alterar por la violencia el orden social del país", al encontrarse en su poder libros y publicaciones sobre el anarquismo.
Sin embargo, la policía civil reconoció que no hubo ningún acto violentista por parte de los expulsados.
Ayer, la primera sala del tribunal de alzada antofagastino -integrada por los ministros Óscar Clavería , Virginia Soublette y la abogada (i) Macarena Silva- dejó sin efecto las resoluciones exentas del 23 y 24 de enero pasado, dictadas por la Intendencia Regional de Antofagasta que decretaron la expulsión del país de los amparados.
"Pese a lo informado por Policía de Investigaciones, en los partes emitidos, que dan sustento a las resoluciones, sólo se hace referencia a la infracción de la normativa de extranjería, sin indicar, precisar y domeñar el actuar de los amparados a algún hecho en específico, lo que conlleva, en definitiva, a la inexistencia de sustento fáctico", dice el fallo.
Por lo demás, indica el documento, la imputación al anarquismo no constituye per sé actos violentos y reprimidos, referidos en el Decreto Ley N° 1.094, pues no es más que un pensamiento filosófico para defender la libertad individual.
El presidente de la sala, Óscar Clavería, escuchó los argumentos. Sin embargo, insistió en preguntar a la PDI sobre el sustento de su investigación.
Argumento
En su presentación, la PDI se basó en el artículo 15 de la Ley de Extranjería, que dice que "se prohíbe el ingreso al país de los siguientes extranjeros: los que se propaguen o fomenten de palabra o por escrito o por otro cualquier otro medio, doctrinas que tiendan a destruir o alterar por la violencia, el orden social del país o su sistema de gobierno...".
El jefe regional del Instituto de Derechos Humanos, Paulo Palma, sostuvo que con esta resolución, lograron restablecer los estándares del derecho con hechos fundantes.