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Codelco impugnará dictamen de Contraloría que cuestiona egresos

DEBATE. El organismo fiscalizador, como parte de un informe solicitado por el senador Pedro Araya, consideró que la estatal carece de "libertad de disposición patrimonial", para sus negociaciones.
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Cristián Venegas M.

La revisión del retiro del exsupervisor y director de Codelco, Augusto González, que el senador Pedro Araya solicitó a la Contraloría General de la República en el año 2015, para establecer si su egreso de la estatal se ajustó a derecho; originó un dictamen del organismo fiscalizador en el que advirtió que quienes administran recursos públicos, como en el caso de Codelco, carecen de "una libertad de disposición patrimonial".

El ente de control advirtió además que en la cuprífera existe "una doble cobertura ante la contingencia del término de la relación laboral, lo que hace necesaria la revisión de la sujeción, en esta instancia, de los principios de eficiencia, eficacia y probidad", conclusiones que a futuro podrían limitar el alcance de las negociaciones colectivas y los planes de desvinculación de la minera.

Impugnará el dictamen

En el comunicado interno que Codelco hizo llegar a sus integrantes, y al que tuvimos acceso, la empresa comunicó que "el directorio acordó ratificar que en virtud de su Ley de Gobierno Corporativo del año 2010, las facultades de administración y disposición están depositadas en el directorio y la administración superior de la empresa, lo que es un requisito indispensable para el correcto desempeño de su cometido y el logro de sus objetivos".

"Considerando lo anterior, agrega el escrito, el directorio resolvió impugnar dicho pronunciamiento por las vías pertinentes, sin perjuicio de entregar a la Contraloría los antecedentes que permitan esclarecer las observaciones específicas que lo ameriten". Al mismo tiempo, la minera reiteró su compromiso con continuar perfeccionando los sistemas de control y normas internas destinadas a cautelar el cumplimiento de los principios de eficiencia, eficacia y probidad.

Citan al contralor

La diputada e integrante la Comisión de Minería de la Cámara, Paulina Núñez, informó que los parlamentarios acordaron invitar a su próxima sesión al contralor general Jorge Bermúdez, para que explique el alcance del dictamen, y al presidente del directorio de Codelco, Oscar Landerretche.

"Esto se debe cumplir, pues es de sentido común que Codelco no puede tener libertad de disposición patrimonial como las compañías privadas", aseguró la congresista.

Mala interpretación

El presidente del sindicato de supervisores y profesionales de la división Chuquicamata, Duncan Araya, organismo al que pertenecía Augusto González, si bien dijo que analizarán en profundidad los alcances del documento, subrayó que "sí tenemos claro que la Contraloría no puede administrar Codelco, desde ese punto de vista no estamos de acuerdo con el dictamen. Además la empresa y su gobierno corporativo tienen, legalmente, la autonomía y la facultad de negociar colectivamente".

Araya agregó que "lo que se interpreta de lo dictaminado por la Contraloría, es que tenemos que negociar de acuerdo a lo que estipula la ley, pero la ley es clara y dice que usted no puede negociar bajo lo que dice la ley. Entonces, uno puede negociar sobre lo que dice la ley y no bajo ella, es el piso, pero lo que interpreta la Contraloría es que se debe negociar de acuerdo lo que dice la ley y eso no puede ser, porque si fuese así no habrían negociaciones colectivas", analizó.

El dirigente continuó señalando que comparten la posición que hizo publica la administración de Codelco, en el sentido que la empresa tiene un presidente ejecutivo (Nelson Pizarro) que tiene la facultad y la autoridad para negociar con los sindicatos, los que a su vez, por ley, tienen derecho a negociación. "Nosotros no podemos negociar con la Contraloría, la ley indica que debemos negociar con nuestro empleador. Entonces hay una serie de cosas que se interpretan mal", dijo el presidente.

Mal enfocados

El hecho que la Contraloría pusiera el foco de su fiscalización a Codelco, en los beneficios que se otorgan a los trabajadores y supervisores de la empresa una vez que se retiran, fue criticado por la presidenta del sindicato N°2 de Chuquicamata, Liliana Ugarte, quien sostuvo que el recurso humano supone un costo marginal en la empresa, pero que sigue siendo centro de los cuestionamientos, aun cuando otros factores más relevantes.

"Existe aún un costo excesivo de terceros, respecto de los cuales existen auditorías cuyos resultados no se conocen en detalle. Entonces, lo más fácil es cortar por lo más fino y cuestionar los beneficios que los trabajadores en cien años de historia hemos alcanzado; nuestros contratos colectivos, nuestros beneficios sociales, etcétera", comenzó reprochando la dirigente.

Ugarte continuó diciendo que le parece "injusto" que no se fiscalice el aspecto que efectivamente puede hacer eficiente o no a la Corporación, que es la gestión, "allí están las posibilidades de optimización, lo hemos dicho miles de veces, el recurso humano representa menos del 20% de los costos de Codelco", argumentó.

"Los trabajadores no permitiremos que nos endosen responsabilidades que no tenemos, nosotros hemos hecho la pega que nos corresponde bien y vamos a defender nuestro Codelco cien por ciento estatal con garras y uñas. Codelco es de todos los chilenos. Los que se tengan que ir por malos manejos, mala gestión, pérdida de patrimonio, proyectos fallidos o negligencia, que se vayan, sean del nivel que sean, nosotros tenemos la conciencia y las manos limpias", complementó la sindicalista.

Ni un peso de más

Teniendo como punto de referencia el contrato colectivo de los trabajadores rol B, el presidente del sindicato Nº1, Hilario Ramírez, opinó, en primer lugar, que "la cantidad de UF que estaban en el anexo 14 del contrato colectivo que terminaba el 28 de febrero de 2017, está debidamente especificada para cada trabajador, y en ese ámbito a ningún trabajador rol B se le ha dado una UF más de lo que se indica ahí, y es parte del contrato colectivo y siendo parte del contrato, es ley".

El dirigente, centrado ahora en el dictamen del contralor, dijo que "esto tiene que ver con el manual de facultades de Codelco y las facultades de cada un de los integrantes de la Corporación está debidamente clarificada sobre de quién es el deber y la responsabilidad de cada cual. Por lo tanto, a quien le corresponde hacer frente y elevar la impugnación de esto, es al directorio de Codelco y no a los trabajadores".

Ramírez añadió que "los trabajadores siempre estaremos dispuestos a defender a Codelco de quien sea y de lo que sea, porque esta es la mejor y mayor empresa estatal que ha tenido Chile en toda su historia y debe seguir de esa manera en el futuro".

Génesis del informe de Contraloría

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La solicitud de revisión del egreso de González, que pidió Pedro Araya, se concretó luego que se hiciera público que el profesional recibió $522 millones de finiquito. "Pedí dos cosas, que verificara que la indemnización que se le había pagado a González se ajustada a derecho, y la segunda, que además se remitiera la lista de todos los trabajadores que habían percibido indemnizaciones bajo los mismos conceptos que recibió González y quiénes tenían derecho a recibir esa indemnización, porque la denuncia que recibí de varios trabajadores es que habiendo trabajado bajos las mismas condiciones, no recibieron ese monto", dijo.

Municipio deberá pagar millonarias indemnizaciones

FALLO. Juzgado de Letras acogió demanda de trabajadores.
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Un nuevo revés legal sufrió el municipio calameño, luego que el Juzgado de Letras del Trabajo de Calama acogiera -el martes 2 de mayo- la demanda por nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones presentada contra el municipio de la ciudad por las desvinculaciones de Andrés Corrales Rodríguez, Michel Morales Cerda, Oscar Álvarez Fuenzalida, Norma Ramos Álvarez, Marianela González López y Mónica Tapia Saavedra, todos profesionales contratados a honorarios por el municipio.

El fallo (causa rol 52-2017), dictado por el magistrado Iván Santibáñez Torres, estableció la existencia de un contrato de trabajo entre las partes, al que se puso término por una causal distinta a las contempladas en el Código del Trabajo, por lo que "se acoge la demanda en cuanto solicita el pago de la indemnización sustitutiva y por años de servicio, con el incremento del 50%, del modo que se indicará en lo resolutivo de la sentencia".

"(…)la continuidad, sujeción a un horario y una jerarquía que sitúa a los demandantes en posición subordinada, rendición de cuentas y cumplimiento de una jornada, a lo que se suma una evidente dependencia económica exclusiva y la inserción de los trabajadores a una estructura en la que dispone de medios materiales aprovisionados por la demandada para la ejecución de sus cometidos y la retribución económica mensual regular por los servicios ejecutados, definen suficientemente el vínculo jurídico como una relación de trabajo".

La resolución agrega que: "(…) entre las partes existió una relación de naturaleza laboral, la que concluyó por despido injustificado, condenándose a la demandada al pago de distintas prestaciones a los despedidos.

En total son cerca de 50 millones, sin contar el pago de las cotizaciones adeudas, los que deberá desembolsar el municipio.

Apelación

Conforme a como se han sucedido los fallos desfavorables hacia el municipio, desde su administración han manifestado que apelarán a las sentencias y llegarán hasta las últimas instancias legales.

La razón esgrimida es que aseguran haber actuado de acuerdo a las normativas laborales vigentes.