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El 11 de julio se sabrá si se anula o no el juicio contra Ortega en caso de Nabila Rifo

JUSTICIA. La Presidenta y otros personeros rechazaron los dichos del abogado de la ex pareja de la víctima, quien dijo que "habría sido más barato haberla matado".
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Para el próximo 11 de julio a las 13.00 horas fijó la Corte Suprema la entrega del fallo sobre el recurso de nulidad que presentó la defensa de Mauricio Ortega, condenado a 26 años de cárcel por femicidio frustrado, lesiones graves gravísimas y violación violenta de morada contra su ex pareja, Nabila Rifo.

La defensa de Ortega, condenado por el Tribunal Oral de Coyhaique, pidió la anulación del proceso argumentaron que no se respetaron las garantías constitucionales.

Ricardo Flores, abogado defensor de Ortega, expuso que uno de los tres jueces no votó a favor de su condena por falta de pruebas y contradicciones de la víctima durante la investigación.

El fiscal de Aysén, Pedro Salgado, expuso ante el tribunal que "en toda la investigación no se violó ninguna garantía del señor Ortega (...). La causal de nulidad no corresponde, nunca se hizo presente esta circunstancia en la investigación".

Críticas a abogado

Una polémica se abrió el martes, cuando comenzaron los alegatos ante la Segunda Sala de la Corte Suprema, que se prolongaron hasta ayer, cuando el abogado defensor sostuvo que "desde el punto de vista de la pena habría sido más barato haberla matado que simplemente haberla dejado viva y eso, desde el punto de vista lógico, no tiene sentido", en alusión a los años de condena que recibió su representado.

Esas palabras recibieron el repudio de la Presidenta Michelle Bachelet, quien a través de su cuenta de Twitter publicó: "Indignantes las declaraciones del abogado del agresor de Nabila Rifo. Son de una profunda violencia. No se pueden tolerar".

Las declaraciones del abogado también fueron rechazadas por el diputado de la UDI, Jaime Bellolio, quien en la misma red social escribió: "No, imbécil. Habría sido mejor que no abusara de ella, la torturara, la golpeara y le sacara los ojos".

La Defensoría se desmarcó de los dichos de Flores, quien no asistió a la audiencia de ayer en el máximo tribunal.

Tribunal expulsa a los nueve bolivianos detenidos en el norte

POZO ALMONTE. La jueza Isabel Peña detalló los delitos de robo con violencia y contrabando para los siete aduaneros y el de porte ilegal de armas para los dos militares.
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Carolina Collins

El Tribunal de Garantía de Pozo Almonte condenó y resolvió expulsar ayer a los nueve ciudadanos bolivianos detenidos en marzo pasado cerca de la frontera con ese país, acusados de contrabando, robo con violencia y porte ilegal de armas.

Durante la audiencia de lectura de sentencia del juicio abreviado, que comenzó el martes y concluyó ayer, la jueza Isabel Peña acreditó los delitos de robo con violencia y contrabando para los siete funcionarios aduaneros de Bolivia y el de porte ilegal de armas para los dos militares que los acompañaban. La expulsión de los nueve ciudadanos bolivianos debe materializarse dentro de los próximos 30 días.

Los funcionarios de Aduanas David Quenallata Laurel, Carl Guachalla Rada, Juan José Tórrez Gonzales, Ediberto Flores Mamani, Arsenio Choque Gonzales, Brian Quenallata Méndez y Diego Guzmán fueron condenados por contrabando y absueltos de porte ilegal de armas.

Por el contrabando, deberán pagar una multa de $32 millones, equivalente a la mercancía que robaron de un camión, y no podrán volver a ingresar a Chile por diez años.

El capitán Carlos Calle Soliz y al suboficial Alex Carvajal Uchani del Ejército boliviano, no podrán entrar al país en 20 años, tras ser hallados culpables únicamente del delito de porte ilegal de arma de fuego.

El tribunal acogió las penas que solicitó la Fiscalía y condenó a los dos militares a una pena de tres años y un día de presidio por ese delito; y a los nueve a tres años y un día por robo con intimidación y violencia.

Argumentos judiciales

En la audiencia, la jueza expuso respecto al delito de robo que "no queda duda de que no querían entregar la mercadería", ya que, argumentó, tuvieron que ser increpados por Carabineros para que lo hicieran.

La magistrado señaló que tenían "ánimo de lucro" con la mercadería y estableció que la violencia quedó acreditada con el reporte médico de las víctimas que indicó que sufrieron "maltrato de obra y golpes" por parte de los detenidos.

La magistrado también dijo que el único paso habilitado para el cruce de mercancías es Colchane y que a 42 kilómetros al sur existe otro no habilitado. "Ha quedado suficientemente acreditado que los imputados han ingresado por ese paso no habilitado por lo que no puede ser desconocido, ya que los imputados, y lo dijo la defensa, tenían equipos satelitales", sostuvo.

"La tesis de desconocimiento de lugar donde estaban carecen de fundamento", sentenció, ya que los funcionarios aduaneros sabían de ese paso no habilitado.

Fiscalía conforme

Tras conocer la decisión del tribunal, el fiscal a cargo de la causa, Hardy Torres, se mostró conforme. "Creo que el Tribunal ha compartido los argumentos de la fiscalía, ha valorado la investigación que hemos realizado, que ha sido seria, ha sido objetiva, hemos reconocido todo aquello que favorecía a los imputados, todo aquello que los perjudicaba (…) han sido condenados por los delitos que nosotros habíamos calificado los hechos y desde esa perspectiva estamos muy conformes", dijo.

"No tienen derecho a usar armas en Chile. La tesis de la defensa en orden a que no sabían que estaban en territorio chileno, no será acogida".

Isabel Peña Jueza."

"Una vez que esté ejecutoriada la sentencia podrían ser expulsados. Dicha expulsión no puede alargarse más de 30 días".

Hardy Torres Fiscal a cargo."