Net-billing: Las instituciones lideran la venta de los excedentes eléctricos en la comuna
LEY 20.571. Según la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en Calama hay seis instituciones y un domicilio particular inyectando su energía al sistema.
La Ley 20.571 aprobada en 2014, regula el pago de las tarifas eléctricas de las generadoras residenciales y permite la instalación de equipamientos de autogeneración de energía eléctrica en base a recursos renovables no convencionales y/o cogeneración eficiente, que se conecta a la red eléctrica del hogar. Posibilidad a la que en Calama se han sumado seis instituciones y un domicilio particular.
Esta ley, conocida también como net-billing, net-metering o de la generación distribuida, permite el autoconsumo de la energía generada y además entrega el derecho a los usuarios a vender sus excedentes directamente a la distribuidora, en este caso Elecda, explican en la seremi de Energía.
Reglamento que ha democratizado la generación de la energía, permitiendo que cualquier ciudadano pueda producir su energía y compartirla.
Experiencia en calama
Modalidad a la que actualmente, según los datos proporcionados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), en Calama se ha sumado una instalación en una casa particular, más otras seis instalaciones en establecimientos educacionales y postas, destacándose las existentes en el edificio de la Fiscalía con 15kW, y el de Teletón con 40kW solares instalados. Instalaciones que alcanzan 40 a nivel regional, puntualizó la secretaría regional del ramo.
Sobre la fórmula para sumarse al net-billing, desde la seremi explicaron que "cualquier cliente de una concesionaria de distribución, ya sean viviendas, escuelas o negocios, edificios, condominios, etc.; pueden generar parte o la totalidad de la electricidad que necesitan y sumarse es simple, el requisito es adquirir el equipamiento de generación certificado, que puede ser solar fotovoltaico o mini eólico o de otra fuente, y asesorarse con un instalador autorizado por la SEC para su instalación, para poder inyectar dicha energía a la red".
"Además, agregó la autoridad, se debe cambiar el contador de energía por otro con doble contador de consumo e inyecciones, de modo que a fin de mes, al cálculo del pago por consumo se le restará el cálculo de las inyecciones, pagando el propietario sólo la diferencia; la cual podrá significar, en algunos casos, una cuenta igual a cero y un saldo a favor para el próximo mes, teniendo la distribuidora obligación de pagar al cliente el monto de sus saldos a favor al repetirse esta condición durante 12 meses".