Padres pueden ser citados al Tribunal por hijos que participan en desórdenes
DERECHOS. Juez de Familia afirma que se estaría frente a una vulneración de derechos del menor
Las cifras entregadas por Carabineros, dan cuenta que a la fecha el 20% de los detenidos en el contexto de manifestaciones son menores de edad.
Hechos que son informados al Tribunal de Familia, porque se estaría frente a una vulneración de derechos al menor.
"El criterio que estamos aplicando como Tribunal de Familia, es conocer el hecho en concreto y si se trata de una primera vez, es decir que es detenido por daños por ejemplo, simplemente archivamos. Pero con el compromiso que no se vuelvan a repetir los hechos y en caso de reincidencia se toman medidas citando a los padres para que asuman la responsabilidad por los hechos de los menores", explicó el juez de Familia, Jorge Saavedra.
Dinámica
En caso de ser capturados en medio de las manifestaciones por desórdenes, todo delito o falta cometida, deberá ser asumida por sus padres o responsables.
"Cuando un menor comete o desarrolla hechos que son ilícitos, se pone en conocimiento del Tribunal del Familia para determinar si el menor ha sido expuesto a situaciones que pueden atentar contra el derecho a la vida, a la educación, porque un niño no puede exponerse a un riesgo. Si un niño se expone a un riesgo, hay un responsable", agregó Saavedra.
Además es claro al explicar que menores no pueden estar expuestos a estos hechos de violencia.
"Nosotros frente a situaciones que llegasen a constituir vulneración de los derechos de los niños, cuando se expone a la violencia y ejerce actos de violencia está vulnerado, hay una vulneración porque un niño no puede ser objeto de eso. Un niño no puede estar participando o exponerse a los riesgos. Frente a eso se deben tomar medidas, y las medidas son en definitivas son llamar a los padres o a sus responsables para que adopten las medidas de resguardo necesario para que esos niños no se expongan a riesgos", precisó.
Recaudos
Además explicó el tipo de medidas que puede aplicar el Tribunal de Familia.
"Se pueden tomar medidas de protección al menor, donde los padres tienen que comprometerse por ejemplo a ejercer mayor cuidado, a ordenar que el menor no falte al colegio y en los casos más graves, especialmente aquellos de reincidencia donde el menor no quiere obedecer y hay daños a la propiedad privada uno puede hacer efectiva la responsabilidad en los padres por esos daños", agregó.
La mayoría de las detenciones de los menores de edad, se trata de primerizos. En caso de reincidir, son obligatoriamente citados los padres. "Son hechos puntuales de vandalismo pero primera vez que ocurren", agregó el juez.
Dejando en claro el derecho que existe de la población y también de los menores a manifestarse, explicó que lo que no se pueden avalar son los hechos delictuales
"La manifestación es un derecho que corresponde, pero los niños están participando en hechos que son delitos. Están destruyendo propiedad privada y realmente por ejemplo, destruyendo colegios. Ahí la cosa cambió. En ningún caso ese manifestarse puede pasar a llevar un derecho más importante como el derecho a la educación. Ese derecho prima por sobre cualquier cosa. Ahí los niños están equivocados. Si los niños y los apoderados de esos niños están destruyendo colegios, alguien va a tener que ser responsable", detalló Saavedra.
Fue enfático al explicar que los daños a establecimientos educacionales, no serán permitidos.
"Aquí no hay ningún beneficiado. Romper un colegio, destruirlo o generar acciones para evitar ir a clases perjudica gravemente el desarrollo de niños y adolescentes, si alguien avala eso debe ser sancionado", remató el juez del Tribunal de Familia.
"Un niño no puede exponerse a un riesgo. Si un niño se expone a un riesgo, hay un responsable"
Jorge Saavedra, Juez Presidente, Tribunal de Familia
Artículo 2320 Código Civil
Toda persona es responsable no sólo de sus propias acciones, sino del hecho de aquellos que estuvieren a su cuidado. Así el padre, y a falta de éste la madre, es responsable del hecho de los hijos menores que habiten en la misma casa.