Guerra de guerrillas
Desde hace muchos años la provincia de Arauco y regiones aledañas están siendo asoladas por ataques terroristas, eufemísticamente denominados "violencia rural". Quienes los realizan son grupos organizados fuertemente armados, compuestos por combatientes entrenados militarmente que utilizan una estrategia denominada "guerra de guerrillas".
Esta guerra irregular no puede ser combatida exitosamente por fuerzas policiales. Tampoco por fuerzas militares sometidas a reglas de uso de la fuerza tan restrictivas que prácticamente les impiden usar sus armas de fuego, las que -según el decreto que las establece- solo pueden emplear "en legítima defensa y en el caso de que recintos militares o instalaciones de la infraestructura crítica sean atacados por personas que utilicen o se apresten a utilizar armas de fuego u otras armas letales".
La disyuntiva entre la anarquía y el orden dio origen al surgimiento de los Estados. La obligación esencial de los gobernantes es la conservación del orden público en el interior y la seguridad externa del país. Para el cumplimiento de tales objetivos los Estados deben utilizar todos los medios con los que cuenta, entre ellos, el monopolio de la violencia física legítima.
Adolfo Paúl Latorre
Congreso
El Congreso tiene más de 200 parlamentarios, más todos los asesores respectivos. Bastaría que cada partido eligiera un representante en el Congreso y que su peso en las sesiones, esté dado por el porcentaje de votos que haya obtenido su partido en la respectiva elección y la alianza entre ellos (uno por partido político), permitiría cumplir los quórums para aprobar las leyes que así lo exigen y lo más importante y lo que más interesa, es que siguen siendo elegidos democráticamente y a un costo bajísimo.
En tres palabras, breve, beneficioso y baratísimo.
Luis Enrique Soler Milla
Profesora
La Corte de Apelaciones de Antofagasta, es decir un alto tribunal de justicia, dijo que sí, pero las AFP responden rotundamente que No. Una profesora que, como tantas otras personas de trabajo, se jubiló por este sistema y después de una sacrificada vida laboral, de un sueldo de 1.200.000 bajó a 185.000 pesos mensuales de pensión. Había solicitado que le reintegraran sus fondos ahorrados que invertiría en pagar su hipoteca y no perder su casa.
Como en casos anteriores, la AFP recurre a la Corte Suprema de Justicia. Si llegara a aprobarse allí, saltará entonces el Tribunal Constitucional, es decir un tribunal que vela por la Constitución de 1980, de suyo, aprobada inconstitucionalmente, sin registros electorales, el que dará de seguro el favor a la AFP.
Se trata de una profesora. Una persona dedicada toda la vida a la enseñanza de niños y jóvenes. ¿Hará mal uso de los recursos que legítimamente le pertenecen, según Decreto 2.500, como algunos recalcitrantes afepeístas insinúan? El Gobierno reafirma que es dinero para su jubilación, es decir para cuando ya haya perdido su casa y sobreviva con una cantidad muy por debajo de la línea de pobreza (400.000) pasando a tener una condición de allegada. Es decir, será una carga para el Estado, no para las AFP que mientras tanto seguirán trabajando sus ahorros y generando millones en utilidades para sus poderosos dueños.
Urge un cambio de régimen previsional con pensiones dignas, no reformas ni parches, para evitar una debacle en el futuro del país.
Gaspar Millas del Río
Impuesto al Patrimonio
Lamentablemente, surgen con frecuencia propuestas en el ámbito económico que, por su estulticia inherente, resisten poco o nada de análisis. Tal es el caso del denominado impuesto al patrimonio o a los "súper ricos", el cual no grava la generación de riqueza, sino la riqueza ya acumulada, esto es, el patrimonio o propiedad de la persona.
Además de constituir una sobrecarga impositiva sobre rentas que ya pagaron impuesto cuando se generaron, es un claro desincentivo a la generación de riqueza o, al menos, a generarla en Chile. Sin el menor pudor técnico, se propone una tasa fija de 2.5%, una verdadera expropiación, que podría producir, en el corto plazo, efectos devastadores.
¿Cuál sería el efecto de este impuesto? Está más que claro: la fuga de patrimonios al exterior y, no sólo eso, sino también la desviación de nuevos proyectos de inversión hacia países más convenientes tributariamente, porque nadie en su sano juicio querrá generar riqueza en Chile.
Justamente en momentos en que se requiere activar la economía, para superar los efectos de la pandemia en el empleo, surgen ideas "brillantes" como esta. Sin comentario.
Claudio Bustos