PDA entra a evaluación del Consejo de Ministros de Sustentabilidad
Medio Ambiente. Si bien el grueso del documento debería presentarse ayer, el instrumento cumple ahora con esa etapa tras la Consulta Ciudadana y la elaboración del Plan deDescontaminación. Y ya no hay plazos.
El Consejo de Ministros para la Sustentabilidad deberá pronunciarse sobre el proyecto definitivo del Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) para Calama. Posterior a su aprobación y luego de que pase a consideración del Presidente de la nación, será despachado a Toma de Razón de Contraloría para su revisión y promulgación oficial.
Así lo dio a conocer el secretario regional de Medio Ambiente, Rafael Castro, quien recordó que conforme al Reglamento que regula la dictación de Planes de Prevención y de Descontaminación (D.S N°39, de 2012, del ministerio del Medio Ambiente), "hemos ido cumpliendo las distintas etapas que allí se estipulan. La próxima fase importante será la revisión del proyecto definitivo por parte del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad. A partir de su aprobación y luego de que sea sometido a consideración del Presidente de la República, pasará a Contraloría, instancia donde podrían surgir consultas u observaciones, las que deberán subsanarse, antes de su publicación en el Diario Oficial", precisó la autoridad del ramo en la región con respecto a este instrumento.
Ambientalistas
Sobre este nuevo escenario, la vocera de la Coordinadora por la Defensa del río Loa, Andrea Vásquez, comentó que " este PDA será muy precario, aún así necesitamos que el Consejo de Ministros sesione y que el Ejecutivo firme. Esto es muy importante para que a futuro podamos seguir ejerciendo acciones judiciales o administrativas, pero sin documento aprobado no podremos accionar, por tanto hoy la pelota la tiene ese Consejo; Calama no puede esperar, es muerte lo que nos ha entregado el Estado a partir de sus políticas de precarización, como el estar discutiendo un Plan de descontaminación por tres años".
Los decretos supremos que establezcan Planes de Prevención y/o de Descontaminación, serán reclamables ante el Tribunal Ambiental, por cualquier persona que considere que no se ajustan a dicha ley y a la cual le causen perjuicio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 de la ley Nº 19.300. El plazo para interponer el reclamo será de treinta días, contado desde la fecha de publicación del decreto en el Diario Oficial.
"Esta entrega ya había sido postergada para esta fecha, y nuevamente deberemos esperar para conocer el grueso y el detalle del Plan de Descontaminación para Calama. Seguiremos insistiendo en que se conozca cuanto antes su contenido", dijo Vásquez.
Aun cuando se esperaba para ayer la entrega del proyecto final del Plan de Descontaminación Ambiental para Calama y su zona circundante, el ministerio de Medio Ambiente informó que este documento ingresó al Consejo de Ministros de Sustentabilidad de esa cartera y seguirá con los conductos regulares que se establece para su entrega y conocimiento oficial de la comunidad.