Decretan prisión preventiva a sujeto que infringió siete veces medidas sanitarias
SALUD PÚBLICA. Corte de Apelaciones modificó la medida cautelar impuesta.
En fallo unánime la Segunda Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Óscar Clavería Guzmán, Dinko Franulic Cetinic y Virginia Soublette Miranda- revocó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Tocopilla el 5 de julio pasado, que decretó la medida cautelar de arresto domiciliario contra un sujeto que fue sorprendido en siete ocasiones infringiendo la cuarentena o el toque de queda.
Según explica el fallo del tribunal de alzada "(…) no es hecho controvertido que el imputado, por séptima vez, en un lapso de aproximadamente tres meses, ha incurrido en la misma conducta, habiendo sido condenado respecto de alguna de ellas con la pena de multa. De esta manera queda demostrada la absoluta insuficiencia de la aplicación de dichas penas y/o de medidas cautelares de distinta naturaleza, para disuadirlo de incurrir en conductas constitutivas del delito que se le atribuye, en la medida que ha manifestado un desprecio hacia el sistema de persecución penal y ello con relación a un delito que protege la salud pública la que se ve en mayor medida puesta en riesgo por la reincidencia referida".
Se agrega que "Conforme a lo dicho la única manera de garantizar la seguridad de la sociedad puesta en riesgo por la actividad del imputado, como asimismo un acatamiento básico de las normas penales y procesales penales es mediante la imposición de la medida cautelar requerida por el Ministerio Público".
"Por estas consideraciones y, visto además, lo dispuesto en el artículo 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución dictada con fecha cinco de julio del año en curso, que no decretó la prisión preventiva del imputado S.A.A.G. y, en su lugar se dispone que se le impone la misma".