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Especial para votar?

Claves para entender el plebiscito constitucional del próximo 25 de octubre

DATOS. Quedan sólo seis días para que la ciudadanía acuda a las urnas para aprobar o no una nueva Carta Magna.
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Karen Elena Cereceda Ramos

Este domingo 25 de octubre se realizará el denominado Plebiscito de Entrada, cuyo objetivo es saber si la ciudadanía Aprueba o Rechaza la elaboración de una nueva Constitución, además de elegir el eventual órgano que debiera redactar la Carta Magna.

Un proceso que es nuevo para la mayoría de los votantes, pues en Chile no se realizaba un plebiscito desde el 5 de octubre de 1988 y más aún, no se realizaba una consulta relacionada con la Constitución desde el 11 de septiembre de 1980.

Además estas votaciones se realizarán en un escenario particular, es decir, en medio de una pandemia mundial, provocada por el coronavirus, lo que obliga a establecer estrictos protocolos sanitarios.

Entre estas medidas está el aumento en las horas para sufragar, ello significa que las mesas receptoras de sufragio estarán abiertas desde las 8 y hasta las 20 horas.

Desde 2012 el voto es voluntario, por lo que no existe obligación para acudir a las urnas, pero sí es obligatorio para los designados vocales de mesa.

El Plebiscito Nacional 2020 o Constituyente de Entrada: Según la "Propuesta de texto de Reforma Constitucional", se realizará el domingo 25 de octubre. El día del Plebiscito el elector recibirá dos cédulas electorales (votos) que contendrán las preguntas. En el voto uno se preguntará ¿Quiere usted una nueva Constitución?, seguida de dos rayas horizontales, una al lado de la otra con la respuesta "Apruebo" o "Rechazo". En el segundo voto, la pregunta será ¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución? seguido de las respuestas: "Convención mixta Constitucional" y "Convención Constitucional", ambas seguidas con su respectiva definición. Este último voto se debe emitir independientemente de si la persona votó Rechazo en la primera papeleta.

Sí sólo se puede votar con la cédula de identidad o pasaporte y en el caso de que haya extraviado su cédula, no podrá sufragar, a menos que tenga pasaporte.

Tampoco se puede ir a votar con el comprobante que entrega el Registro Civil al momento de solicitar una nueva cédula.

¿Se puede votar con la cédula de identidad vencida? Sí, se aceptan cédulas de identidad o pasaportes que se encuentren vencidos dentro de los 12 meses anteriores al Plebiscito, para el sólo efecto de identificar al elector.

Es una de las alternativas que se votarán este 25 de octubre para la eventual elaboración de una nueva Constitución Política. La Convención Mixta Constitucional estará integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios y parlamentarias en ejercicio, ello se traduce en que contará con 172 miembros, de los cuales 86 corresponderán a ciudadanos electos especialmente para estos efectos y 86 parlamentarios que serán elegidos por el Congreso Pleno, conformado por todos los senadores y diputados en ejercicio, los que podrán presentar listas o pactos electorales. La elección de los miembros, no parlamentarios, se llevará a cabo en conjunto con las elecciones de Gobernadores Regionales y Municipales el 11 de abril de 2021, bajo sufragio universal. (Fuente: Propuesta de texto de Reforma Constitucional). La paridad sólo se aplicará a los electos popularmente y se dispondrá de cupos para pueblos originarios.

En primer lugar, el día que se fije para la realización de las elecciones y plebiscitos será feriado legal y se efectuará en domingo. Por otra parte, el artículo 165 de la Ley 18.700 Orgánica sobre Elecciones Populares y Escrutinios, establece que ninguna autoridad o empleador podrá exigir servicio o trabajo alguno que impida votar a los electores. En el caso de aquellas actividades que deban necesariamente realizarse el día en que se celebrare una elección o plebiscito, los trabajadores pueden ausentarse durante dos horas, a fin de asistir a sufragar, sin descuento de sus remuneraciones.

El local de votación no constituye un dato electoral; por lo que el lugar de votación de los electores puede variar de una elección o plebiscito a otro.

Se puede revisar el local de votación ingresando el Run, en la página web del Servicio Electoral www.servel.cl, consulta de datos electorales. También se dispuso de una app que se puede descargar en celulares IPhone y Android y que lleva por nombre Servel.

Es una de las alternativas que se votará este 25 de octubre para la eventual elaboración de una nueva Constitución Política. La Convención Constitucional será conformada exclusivamente por miembros elegidos popularmente. Estará integrada por 155 ciudadanos electos especialmente para estos efectos. Los integrantes no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la Convención. La votación de los miembros, denominados Convencional Constituyente, se llevará a cabo en conjunto con las elecciones de Gobernadores Regionales y Municipales el 11 de abril de 2021, bajo sufragio universal. (Fuente: Propuesta de texto de Reforma Constitucional). La composición de la convención constitucional será 100% paritaria, es decir, ningún género podrá tener más de un 50% + 1 de la instancia. Adicionalmente, se destinarán cupos especiales para pueblos originarios.

Las personas, independiente de la etapa en que se encuentre la comuna, podrán ir a votar el domingo 25 de octubre portando solo su cédula de identidad.

Respecto de las personas que deben sufragar en regiones distintas a su actual región de residencia, podrán trasladarse a las regiones donde se encuentre su lugar de votación a partir del 23 de octubre, portando su pasaporte COVID-19, la consulta del Servel que establece su lugar de votación y el carnet de identidad. La consulta de datos electorales puede realizarse en https://consulta.servel.cl/ y el pasaporte sanitario puede obtenerse en www.c19.cl.