Condenan a consulado por vulnerar integridad síquica y vida privada de trabajadora
FALLO. La suma de las indemnización superó los $20 millones.
El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta acogió la denuncia de tutela de derechos fundamentales deducida en contra del Consulado de Argentina en la ciudad y estableció vulneración a la integridad síquica y a la vida privada de trabajadora que se acogió a autodespido o despido indirecto, en agosto de 2020.
En el fallo (causa rol 384-2020), la magistrada Elizabeth Rodríguez Hernández acogió la demanda y ordenó a la legación trasandina pagar a la trabajadora las indemnizaciones y recargos legales adeudados.
"(…) con el término de la relación laboral que se habría producido por una sucesión de hechos que implicaron que la demandante se auto despidiera, esto es, en síntesis, las cámaras de vigilancia puestas en dirección a la pantalla del computador de la Sra. Zavala; los malos tratos de palabra propiciados por la jefatura directa ya sea personalmente o mediante el teletrabajo realizado durante la pandemia del Covid-19; se interrumpió el reposo médico, incluso fuera del horario de trabajo en más de una ocasión", consigna el fallo.
La resolución agrega: "Que de los hechos desprendidos de la prueba aportada por la denunciante y referidos en los motivos que anteceden, surgen indicios suficientes para crear la duda razonable en el juzgador respecto a que efectivamente su auto despido fue a razón de vulneración de garantías fundamentales, especialmente la del artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República, esto es, afectación a la integridad psíquica de la denunciante, toda vez que a propósito de una publicación en la red social Facebook, es amonestada, y en la reunión que sostienen la actora, doña Ana Carolina Massuh y don Diego Colón, carta que debe ser firmada por los trabajadores, negándose la primera y a raíz de ello su jefatura la trata de 'tocadita'".
"En cuanto a la vulneración del artículo 19 N° 4 de la Carta Fundamental esta se produce (al) tener la actora la obligación de mantener encendida la cámara de su computador mientras prestaba sus servicios desde su domicilio bajo la modalidad del teletrabajo afectando con ello la intimidad de su hogar, el estar con clases sus hijos y trabajando de igual forma su marido", añade.
Para el tribunal laboral: "(…) del mérito de lo analizado precedentemente esta sentenciadora ha logrado formar plena convicción, en la circunstancia que la demandada ha incurrido en la causal invocada por la actora y vulnerando con ello sus derechos fundamentales, por lo que cabe concluir que el incumplimiento es de carácter grave y que, por ende, el empleador incurrió en la causal de terminación del artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, por lo que autoriza a poner término a su contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 171 del cuerpo legal señalado, procediendo en consecuencia el pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo, y de la indemnización por años de servicios, incrementada esta última en un 50% conforme lo establece el artículo 171 del Código del Trabajo, como ya se indicó".
En vista de los antecedentes el tribunal resolvió "que se hace lugar a la denuncia de tutela de derechos fundamentales, declarándose que la demandada Consulado de Argentina de Antofagasta, representado legalmente por doña Ana Carolina Massuh, vulneró garantías fundamentales de la denunciante doña Jennifer Zavala Farfán, específicamente su integridad psíquica y a su vida privada con ocasión o a causa del despido, materializado mediante comunicación de despido indirecto efectuada el 26 de agosto de 2020".