Acogen recurso de protección de la comunidad de Coyo por el litio
MEDIDA. Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió a trámite la polémica licitación del mineral.
Ayer, la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió a trámite el recurso de protección presentado por la Comunidad Atacameña de Coyo contra el Ministerio de Mineria y el Presidente de la República, Sebastián Piñera, por una presunta vulneración de derechos en las que se incurriría con la adjudicación a la licitación de dos empresas de la explotación de litio.
La presentación fue efectuada el miércoles 12 del presente mes, a través del abogado Gabriel Muñoz en representación de la presidenta de la comunidad atacameña, Lady Sandon, e indicaba que "esta adjudicación, a nuestro juicio, es arbitraria e ilegal pues en primer lugar desconoce el derecho de los pueblos originarios a ser consultados previamente; tal como lo menciona el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tratado suscrito y adscrito por nuestro país y que se encuentra contenido en nuestra Constitución Política de la República de Chile en el Artículo 5, de tal manera que la no realización de dicha consulta indígena desconoce los derechos y cosmovisión de los pueblos originarios".
"Asimismo -agrega-, la adjudicación conculca las garantías constitucionales del Artículo 19 Nº 2, 8 y 24, particularmente el que dice relación de vivir en un medioambiente libre de contaminación.
Nuestra Comunidad de Coyo administra el Santuario de la Naturaleza, protegidos en Chile y el mundo, de la Laguna Tebenquinche de una biodiversidad, ecología y medioambiente único en el planeta, por lo mismo esta adjudicación del litio sin duda afectará dicho Santuario y sobre todo el buen vivir de nuestra comunidad de acuerdo a nuestra cosmovisión".
Es así, como la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Jasna Pavlich Núñez, Ingrid Castillo Fuenzalidad y el abogado (i) Gabriel Sánchez Rubio- acogió a trámite el recurso y rechazó la orden de no innovar solicitada por los recurrentes, dando un plazo de 15 días hábiles a los recurridos para informar.
El recurso (rit 142-2022) se funda en la eventual vulneración a los derechos de igualdad ante la ley, vivir en un medio ambiente libre de contaminación y el derecho de propiedad, consagradas en los numerales 2°, 8 ° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República que se verían afectados producto de la adjudicación de dos cuotas de 80.000 toneladas de litio metálico comercializable.
"Esperamos que la justicia, a través de la Corte de Apelaciones de Antofagasta y eventualmente la Corte Suprema, restablezcan el imperio del derecho y en definitiva suspendan todos los efectos de esta adjudicación que afecta nuestros derechos esenciales y la biodiversidad de la comunidad atacameña de Coyo", senalaron.