Reclamación ante el Tribunal Electoral por caso de concejales docentes se encuentra en etapa crucial
CALAMA. Comenzó la entrega de las pruebas documentales y testimoniales para que se pueda determinar si hubo o no una falta grave a la probidad administrativa por parte de Cristián Flores, Malfredo Mamani y Silvia Pizarro quienes, al momento de asumir sus cargos políticos, trabajaban como profesores en establecimientos dependientes de la Comdes.
Con fecha 27 de agosto de 2021, el concejal de Calama, Claudio Maldonado interpuso una reclamación ante el Tribunal Regional Electoral (TER) en contra de tres concejales quienes - según se argumenta en el escrito- habrían "incurrido en una contravención grave de las normas sobre probidad administrativa", basado en el artículo N°75 de la ley N° 18.695, ello debido a la "incompatibilidad" que tendrían entre sus cargos en el concejo y su labor de docentes en establecimientos pertenecientes a la Corporación Municipal de Desarrollo Social (Comdes).
El caso involucra a los ediles Cristián Flores, Malfredo Mamani y a la exconcejal Silvia Pizarro; esta última, al momento de la presentación ante el TER, aún no renunciaba a su cargo político.
Actualmente, ocho meses después, el proceso está en un momento crucial debido a que se inició la etapa de presentación de pruebas, tanto documentales como testimoniales de demandantes y demandados.
Situación actual
Según se detalla en el archivo de la causa N° 13-2021, disponible en la página web del TER Antofagasta, ya se enviaron varios documentos de prueba de ambas partes y también, dos personas ya entregaron sus testimonios y respondieron preguntas, quienes acudieron a declarar en calidad de testigos del reclamante.
En tanto, y por petición del abogado que representa a los demandados, en los próximos días deberá acudir a declarar el concejal Maldonado.
"Estamos en la etapa de alegatos (rendición de pruebas) durante todo el mes de abril para que ya, el Tribunal Electoral Regional, comience a resolver esta demanda que interpuso el concejal quien habla, en agosto de 2021 producto de la inhabilidad de los concejales", detalló Claudio Maldonado.
Por su parte, el abogado de los demandados, Sergio Chamorro, explicó que, "el lunes pasado (18 de abril) se concretó la prueba testimonial por parte del reclamante señor Maldonado, donde concurren el señor Luis Torres y el concejal César Rojas. Por nuestra parte, hemos solicitado al Tribunal la comparecencia a estrado del señor Maldonado, para que pueda absolver un conjunto de preguntas. Esto se concretará el día jueves 28 de abril, a las 15:30 horas", dijo.
Argumentos
El concejal de Renovación Nacional (RN) Claudio Maldonado expresó que ha basado su reclamación en que, "la ley 18 mil 695 y todas las modificaciones desde el año 2012 han aplicado mayores requisitos para ser candidato a concejal, pero también cambió sustancialmente en las obligaciones inhabilidades e incompatibilidades para ser concejal y una de las inhabilidades señala claramente que no pueden ser concejales quienes trabajen en el municipio o en las corporaciones municipales dependientes del municipio donde son concejales y obviamente en cualquier institución u organización que reciba fondos municipales".
Agregó que, a modo personal le ha dicho a los involucrados que, "fueron mal asesorados, primero por el alcalde y su asesor jurídico, quienes insistieron y está en acta en concejo de que no había, de que no existía y de que no era tal la inhabilidad, lo cual procuran un daño grave al ejercicio del concejo municipal", expresó Claudio Maldonado.
Añadió que los concejales demandado, "no pueden alegar o apelar ignorancia de la ley y de estas modificaciones, permanecieron casi dos meses ejerciendo el cargo con esta inhabilidad, en el caso del concejal Flores y Mamani producto del encono, del empeño del alcalde, por una mala entendida lealtad política con los concejales y por una pésima asesoría jurídica".
Actualmente, los concejales Cristián Flores y Malfredo Mamani ya no ejercen como docentes en algún establecimiento de Comdes, tras renunciar en agosto de 2021.
Expectativas
Los concejales demandados informaron que no se referirán al tema en los medios, sólo a través de su abogado, Sergio Chamorro quien manifestó que, "con todos los documentos, la misma declaración de los testigos presentados por el concejal denunciante, daremos cuenta que no existe ninguna falta grave a la probidad por los señores concejales. En esta etapa, esperamos que nuestros fundamentos y análisis objetivos permita al Tribunal Electoral resolver en ese sentido, quedando a la espera de su dictamen".
Complementó que entre las pruebas presentadas hay, "diversos documentos que los concejales, una vez investidos de autoridad, solicitan al mes inmediatamente posterior: el permiso sin goce de remuneraciones, concurren ante el Tribunal Electoral (mucho antes que el señor Maldonado) solicitando su pronunciamiento al respecto".
Chamorro agrega que , "solicitan el no pago de su respectiva dieta como concejales, sumado al permiso sin goce de remuneración. Acompañamos informes emitidos por el departamento jurídico de la municipalidad dando cuenta que los actos celebrados en las sesiones de concejo municipal (ordinarias y extraordinarias) jamás tocó temas relacionado con la educación comunal ni Comdes", puntualizó.
Sanciones
Conforme al inciso 5° del artículo N°60 de la Ley N° 18.695, de acreditarse los hechos denunciados por el concejal Claudio Maldonado y calificarse como una "contraversión grave al principio de la probidad administrativa", los demandados se arriesgan a una serie de sanciones.
La primera sería la cesación del cargo de concejal de la comuna de Calama o, la aplicación de alguna de las medidas disciplinarias que son la censura, una multa o la suspensión del empleo que podría ir desde treinta días a tres meses.
En el caso de la exconcejal Silvia Pizarro, quien en septiembre de 2021 decidió renunciar a su cargo político y continuar ejerciendo la docencia en la Comdes, no podrá aplicarse la sanción de cesación al cargo de concejal, pero eventualmente sí a la de profesora, sin perjuicio de ser aplicable las sanciones subsidiarias que establece el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales y que están consignados en el párrafo anterior de esta nota.
"No pueden alegar o apelar ignorancia de la ley y de estas modificaciones, y permanecieron casi dos meses ejerciendo el cargo con esta inhabilidad".
Claudio Maldonado, Concejal
"Con todos los documentos, la misma declaración de los testigos presentados por el concejal denunciante, daremos cuenta que no existe ninguna falta grave a la probidad".
Sergio Chamorro, Abogado concejales denunciados