Convención aprobó normas para estados de excepción constitucional
PROCESO. Debate de artículos para el borrador entró en su última semana.
La Convención Constitucional inició ayer la última semana de votaciones de normas que podrían integrarse al texto que se propondrá a los chilenos para establecer una nueva Constitución, que será votado en el plebiscito de salida el próximo 4 de septiembre.
Entre las normas aprobadas ayer para sumarse al borrador está la que le entrega al Presidente o Presidenta de la República la atribución de decretar estados de excepción constitucional.
El artículo 22 propuesto por la Comisión de Sistema Político y aprobado con 106 votos a favor, dice que "solo se podrá suspender o limitar el ejercicio de los derechos y garantías que la Constitución asegura a todas las personas bajo las siguientes situaciones de excepción: conflicto armado internacional, conflicto armado interno según establece el derecho internacional o calamidad pública".
En caso de conflicto armado internacional se apelará al Estado de Asamblea, si el conflicto armado es interno de podrá establecer Estado de Sitio y si se produce una calamidad pública se recurrirá a Estado de Catástrofe.
Cargos y tratados
También fue aprobado ayer, con 122 votos a favor, el artículo 13 que había causado disputas debido a su rechazo en ocasiones anteriores y que establece que "no podrán optar a cargos públicos ni de elección popular las personas condenadas por crímenes de lesa humanidad, delitos sexuales y de violencia intrafamiliar, aquellos vinculados a la corrupción como fraude al Fisco, lavado de activos, soborno, cohecho, malversación de caudales públicos y los demás que así establezca la ley".