Defensa de Rojo tras postergación de fallo de extradición: "Estamos muy satisfechos"
JUICIO. Daniel Mackinnon, abogado defensor de la exalcaldesa prófuga, explicó que la decisión de posponer el fallo de extradición les permite abrir el camino a la obtención de libertad de Rojo.
Pese a que desde la Fiscalía explicaron que la postergación del fallo de extradición de Karen Rojo desde Países Bajos obedece a la solicitud por parte de la Corte de Rotterdam de antecedentes que permitan resolver si la conducta de fraude al fisco está incluido o no en el catálogo de delitos previsto en el artículo 17 de la Convención de Naciones Unidas, desde la defensa de la exedil de Antofagasta, celebraron la medida, estableciendo que lo instruido es solo el primer paso de un largo proceso legal que busca la liberación de la exseremi de salud.
Catálogo
Así lo expuso Felipe Moraga, parte del equipo de defensores de la exalcaldesa al sostener que como el delito que condena a Karen Rojo (fraude al fisco), no está contenido en el catálogo de delitos de la Convención de Naciones Unidas, el cual permite la extradición sin tratado entre los países requerientes, no debiese proceder la extradición en cuestión.
"Estamos tremendamente satisfechos toda vez que como defensa sostenemos que el delito por el cual fue condenada en Chile, Karen Rojo no está dentro del catálogo de delitos de la Convención de Naciones Unidas. Si bien es un tema jurídico complejo, hoy (ayer) lo rescató la Corte de Rotterdam y eso nos tiene muy conformes jurídicamente, ya que si no se concede la extradición, debiese quedar en plena libertad y en ese momento regularizar su situación migratoria", dijo.
Sobre el punto, Daniel Mackennon, abogado y encargado de la defensa de Karen Rojo, explicó que si se rechaza la extradición, debiera cesar la medida de prisión preventiva porque no se justifica.
Consultado por el futuro de Rojo en Países Bajos, una vez la Corte de Rotterdam de lectura al fallo (en aproximadamente unos tres meses más), el abogado sostuvo que "si se rechaza la extradición, obviamente debiera cesar la medida preventiva . Ahora bien, eso es un tema que se va analizar en su momento, respecto de si se pide la revisión de la medida cautelar (...) si eventualmente ella queda en libertad y se termina el proceso de extradición, ella tiene que quedarse en Países Bajos mientras se agotan los plazos de prescripción de la pena a la cual se encuentra afecta, ya que seguiría vigente en otros países. La orden de captura internacional que tiene en Interpol".
Respecto al tiempo que eventualmente podría pasar Rojo en prisión mientras se resuelve este caso, en todas sus posibles instancias futuras (Corte Suprema y Ministerio de Justicia de Países Bajos), Mackennon manifestó que serían cerca de dos años.
"En tres meses más debería estar resuelto por la Corte de Rotterdam, sea que conceda la extradición o se rechace, esto podría estar resuelto en primera instancia, en el mes de marzo del próximo año. No obstante, después de eso, viene el proceso recursivo, ya sea de la fiscalía o defensa, lo que tampoco tiene un plazo perentorio para ser resuelto por la Corte Suprema, pero se estima que podría ser de tres meses, más o menos (...) después de la resolución de la Suprema esto va al ministerio de Justicia y es el ministro de Justicia quien decide si procede o no extraditar, y ahí hay una serie de recursos administrativos que procederían, si eventualmente se da el caso de la extradición. Eso podría tomar, quizás, un mínimo de 7 meses o un año más. Estamos hablando que esto podría estar resuelto, en el mejor de los casos, a fines del 2023 o durante el primer semestre del 2024".
Agregó que "aun si tenemos una sentencia desfavorable en la instancia final, está la posibilidad, que se recurra a la corte europea de los derechos humanos. Todo esto tiene todavía un largo camino que recorrer".
Cabe indicar que Karen Rojo, por ahora permanecerá privada de libertad en la cárcel de mujeres de Utrecht a la espera del fallo de primera instancia.
Fondo
Para el vocero de Fiscalía Regional de Antofagasta, José Troncoso, en cambio, la postergación de la sentencia, es solo para verificar que las acciones que ha realizado el Estado de Chile se encuentran convenidas en la Convención de Naciones Unidas. Pese a que el delito de fraude al fisco, no aparezca tipificado como tal. "Hay que interpretar los tratados internacionales", dice.
"Es preciso señalar que la técnica de redacción de los tratados internacionales es justamente escribir los textos en términos genéricos, a fin de que después se puedan traducir a diferentes idiomas y se puedan adaptar a la legislación de los 197 países que son parte. Es ahí donde cada país finalmente establece un sinnúmero de delitos que están dentro de la categoría, o de la familia de anticorrupción. En el caso de Chile el delito madre de la anticorrupción es justamente el delito de fraude al fisco, por lo tanto eso es lo que se va a informar por el Estado de Chile en su oportunidad, cuando proceda explicar las bases", señaló Troncoso.