Licitación de cartera
La reforma previsional del año 2008, altamente técnica y con apoyo político transversal -liderada en ese entonces por el actual ministro de Hacienda, Mario Marcel-, aplicó una serie de perfeccionamientos a nuestro sistema previsional, siendo uno de ellos la licitación de cartera de nuevos afiliados cada dos años.
Desde la primera licitación en el año 2010, se han realizado ocho licitaciones y sólo en una oportunidad se declaró desierta, permitiendo no sólo una importante baja de comisiones, sino que también el ingreso de dos nuevas AFP: AFP Modelo y AFP Uno, totalizando siete AFP en competencia.
En relación a la disminución de comisiones, estas partieron en 1,14% del sueldo bruto (AFP Modelo), llegando a un 0,49% del sueldo bruto en la última licitación (AFP Uno), que regirá desde octubre del presente año.
La licitación de cartera de nuevos afiliados ha sido exitosa, permitiendo el ingreso de dos AFP de bajo costo y menores comisiones a los nuevos y antiguos afiliados.
Eduardo Jerez Sanhueza
Explicaciones
¿No hubo ninguna autoridad de Gobierno con los "pantalones bien amarrados" que pidiera las más precisas y satisfactorias explicaciones al presidente de Argentina, Alberto Fernández, que visitó nuestro país, por sus críticas al sistema judicial chileno, las cuales incluso fueron calificadas de impertinentes por el propio ministro de Justicia, Luis Cordero?
Si el Presidente Gabriel Boric rechazó sacarse una foto con la gobernadora de Coquimbo, autoridad que está siendo investigada por notable abandono de deberes y faltas a la probidad, al menos debió solicitar las respectivas explicaciones al mandatario argentino antes de reeditar el abrazo de Maipú.
¡Presidente Boric, exijamos respeto para ser respetados!
Luis Enrique Soler Milla
IPoM, TPM e IPC
En su IPoM de abril, el Banco Central proyecta para 2023 una actividad económica menos frágil de lo que se anticipaba hace algunos trimestres (ahora se espera una variación para el PIB entre -0,5%/0,5%). Esto trae como consecuencia que las presiones inflacionarias tardarán más tiempo en ceder y, por lo tanto, ajusta al alza las perspectivas de inflación para este año.
Esto, a su vez, motiva al ente rector a señalar que no va a comenzar un proceso de normalización monetaria (TPM hoy en 11,25%) sin que tenga la absoluta convicción de que las presiones inflacionarias han comenzado efectivamente a ceder terreno -el dato de marzo revela que en 12 meses las medidas subyacentes de inflación aumentan: IPC sin volátiles desde 10,7% a 10,8%, e IPC SAE desde 9,1% a 9,4%-. Más aún, el corredor para la TPM señala que una posible baja en la tasa de interés podría ocurrir recién durante el tercer trimestre del presente año.
Rodrigo Montero Decano Facultad Administración y Negocios, Universidad Autónoma
Influencers e impuestos
El Servicio de Impuestos Internos (SII) anunció un plan de fiscalización sobre los usuarios de redes sociales, llamados influencers, indicando que estas personas debiesen pagar impuestos por los ingresos que generen.
Según la definición del SII, un influencer es una persona que tiene un alto número de seguidores en diversas plataformas digitales, cuenta con credibilidad e imagen reconocida y podría generar importantes ingresos asociados a la publicidad, al convertirse en difusor de una marca o de sí mismo, ante una audiencia o público objetivo, a través de redes sociales.
En ese sentido, se sabe que estas personas realizan actividades publicitarias por las cuales se les remunera o reciben canjes, lo cual, a todas luces, genera un beneficio económico.
Por lo mismo, cabe preguntarse si debiesen pagar impuestos. La respuesta es, definitivamente, sí. ¿Razones? Nuestra legislación define el concepto de renta como cualquier utilidad, beneficio o incremento de patrimonio, cualquiera sea su naturaleza, origen o denominación.
Por lo tanto, las sumas que reciben estas personas por publicidad corresponden a utilidades, de acuerdo con la ley, y el canje es un beneficio, según lo estableció el SII hace varias décadas.
Cabe recordar que nuestra legislación establece que las personas deben justificar sus ingresos. Si no fuese así, la ley señala que si no se comprueba el origen de los fondos, estos se afectan de igual forma con impuesto, que en el caso de las personas naturales sería con el Impuesto Global Complementario, categoría en la que también se encontrarían los influencers.
Sergio Arriagada R. Colaborador Centro de Estudios Tributarios, Facultad de Economía y Negocios, Universidad de Chile