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Corte suspende alegatos y solicita información del Salar de Atacama

JUDICIAL. En el marco del recurso de protección de Coyo contra el acuerdo entre Codelco y SQM, ofició a esta última a informar sobre sus acciones en la cuenca.
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Cristián Venegas M.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta, en el marco del recurso de protección ingresado por la comunidad de Coyo contra el acuerdo de explotación minera de Codelco-SQM, que el martes tenía su etapa de alegatos; suspendió este proceso y solicitó a SQM que -en un plazo de 15 días- informe sobre sus intervenciones en el Salar de Atacama, dando cuenta de las Consultas Indígenas, Estudios de Impacto Ambiental y Planes de Cumplimiento Ambiental.

La decisión del tribunal, que no fue comentaba por SQM, tuvo lugar horas antes que comenzaran los alegatos por el recurso de protección de la comunidad atacameña (causa Rol N° 1626-2024) que pide dejar sin efecto el acuerdo de asociación para explotar litio firmado con Codelco, suspendiendo sus efectos y ejecución mientras no se realice una Consulta Indígena.

La Corte, junto a la suspensión de los alegatos, ofició a SQM para que informe de todos los antecedentes de sus intervenciones en el Salar de Atacama, pues tomó conocimiento de un estudio desarrollado por académicos de la Universidad de Chile que da cuenta del hundimiento del Salar de Atacama, en particular desde el año 2019 en el sector suroeste, a razón de 1 a 2 centímetros anuales, dado a conocer recientemente.

"Es importantísimo"

Respecto de la decisión del Tribunal, el abogado de la comunidad, Gabriel Muñoz, junto con reiterar que el acuerdo Codelco-SQM es "arbitrario e ilegal porque no cuenta con una Consulta Indígena en su origen", dijo que "los nuevos antecedentes y estudios que dan cuenta del hundimiento del Salar por la sobreexplotación del acuífero ameritan lo que ha decidido la Corte en orden de oficiar a la empresa. SQM ha sido el mayor sobreexplotador de la cuenca del Salar de Atacama por décadas".

Asimismo, la presidenta de Coyo, Anita Zamora, dijo que les parece "importantísimo que se conozcan todos los antecedentes y que se haya oficiado a SQM a entregarlos. Nuestro territorio, nuestras costumbres, tradiciones, la sobrecarga de la extracción de nuestro recurso hídrico, lo más importante con lo que contamos se han visto afectados por la acción minera en nuestro territorio".

15 días hábiles de plazo entregó la Corte de Apelaciones de Antofagasta a SQM para entregar informes requeridos sobre el Salar de Atacama.

Ministra de Minería encabeza seminario sobre la Conciliación Laboral y Familiar

NORMATIVA. La actividad, que fue organizada por la Corporación de la Mujer Trabajadora del Cobre (Cormutrac), congregó a mujeres de distintos rubros.
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En enero de este año entró en vigencia la Ley de Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral que, entre otros puntos, establece el derecho al trabajo a distancia o teletrabajo, de modo que las y los trabajadores puedan efectuar toda o parte de su jornada diaria o semanal en esas modalidades, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permita.

Normativa que fue materia central del seminario organizado por la Corporación de la Mujer Trabajadora del Cobre (Cormutrac), que encabezó la ministra de Minería, Aurora Williams, quien destacó la instancia, pues "mujeres de diversos rubros fueron convocadas para interiorizarse sobre la ley. Es de sumo interés de nuestro Gobierno que las y los trabajadores equilibren su vida laboral y personal, habilitando las condiciones necesarias para que esto sea posible".

"De forma particular, relevo que sea la Corporación de la Mujer Trabajadora del Cobre la encargada de llevar a cabo esta instancia, se esta es una organización precursora desde sus inicios y hoy continúa esta senda, generando este espacio para que mujeres trabajadoras conozcan la ley", añadió.

Por su parte, la presidenta de la Cormutrac, Eliana Cruz Ramos, junto con valorar la participación de la ministra Williams, dijo que "el enfoque y los conocimientos compartidos fueron de gran valor, y estamos seguras de que todos los asistentes se llevaron aprendizajes muy significativos. Esperamos con entusiasmo gestionar nuevas capacitaciones o cursos para compartirlas con nuestras socias y socios y la comunidad de Calama".

En tanto, Claudia Yáñez León, quien moderó la Mesa Seminario, sostuvo que la iniciativa de la Cormutrac, que fue financiada a través del 8% del FNDR, "ha sido una jornada maravillosa, nos ha permitido conocer y entender la Ley de Conciliación y además nos ha permitido generar un espacio de conversación y discusión constructiva sobre cómo implementarla y proponer formas de mejorarla".

Nueva derrota de Tianqi: Suprema rechaza su recurso contra SQM

LITIO. Buscaba suspender el acuerdo de asociación para producir con Codelco.
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La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de hecho presentado por la firma china Tianqi que buscaba suspender el acuerdo de asociación entre SQM y Codelco para explotar litio en forma conjunta en el Salar de Atacama, algo que juicio de la empresa debió haber sido aprobado por una junta de accionistas (en la que son parte minoritaria con un 20%) y no solo por el directorio.

El recurso, interpuesto el pasado 27 de agosto, cuestionaba la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago que negó la paralización del acuerdo y estimando que dicho fallo era apelable. Sin embargo, el máximo tribunal recordó que "la Corte Suprema no es un tribunal de apelación y, solo en forma excepcional, le corresponde conocer en segunda instancia en aquellos casos en que la ley expresamente le otorga dicha competencia, lo cual no acontece en la especie".

"En efecto, como puede advertirse, la tramitación del reclamo de ilegalidad deducido no contempla la procedencia del arbitrio de apelación contra la resolución objeto de estudio, motivo suficiente para que el presente recurso de hecho no pueda ser acogido", complementó el Tribunal.

Dictaminando, en virtud de estos antecedentes, que "se rechaza el recurso de hecho deducido en lo principal del escrito de fecha veintisiete de agosto último, en contra de la resolución de veintiuno del mismo mes y año, pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago".

Corte suspende alegatos y solicita información del Salar de Atacama

JUDICIAL. En el marco del recurso de protección de Coyo contra el acuerdo entre Codelco y SQM, ofició a esta última a informar sobre sus acciones en la cuenca.
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Cristián Venegas M.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta, en el marco del recurso de protección ingresado por la comunidad de Coyo contra el acuerdo de explotación minera de Codelco-SQM, que el martes tenía su etapa de alegatos; suspendió este proceso y solicitó a SQM que -en un plazo de 15 días- informe sobre sus intervenciones en el Salar de Atacama, dando cuenta de las Consultas Indígenas, Estudios de Impacto Ambiental y Planes de Cumplimiento Ambiental.

La decisión del tribunal, que no fue comentaba por SQM, tuvo lugar horas antes que comenzaran los alegatos por el recurso de protección de la comunidad atacameña (causa Rol N° 1626-2024) que pide dejar sin efecto el acuerdo de asociación para explotar litio firmado con Codelco, suspendiendo sus efectos y ejecución mientras no se realice una Consulta Indígena.

La Corte, junto a la suspensión de los alegatos, ofició a SQM para que informe de todos los antecedentes de sus intervenciones en el Salar de Atacama, pues tomó conocimiento de un estudio desarrollado por académicos de la Universidad de Chile que da cuenta del hundimiento del Salar de Atacama, en particular desde el año 2019 en el sector suroeste, a razón de 1 a 2 centímetros anuales, dado a conocer recientemente.

"Es importantísimo"

Respecto de la decisión del Tribunal, el abogado de la comunidad, Gabriel Muñoz, junto con reiterar que el acuerdo Codelco-SQM es "arbitrario e ilegal porque no cuenta con una Consulta Indígena en su origen", dijo que "los nuevos antecedentes y estudios que dan cuenta del hundimiento del Salar por la sobreexplotación del acuífero ameritan lo que ha decidido la Corte en orden de oficiar a la empresa. SQM ha sido el mayor sobreexplotador de la cuenca del Salar de Atacama por décadas".

Asimismo, la presidenta de Coyo, Anita Zamora, dijo que les parece "importantísimo que se conozcan todos los antecedentes y que se haya oficiado a SQM a entregarlos. Nuestro territorio, nuestras costumbres, tradiciones, la sobrecarga de la extracción de nuestro recurso hídrico, lo más importante con lo que contamos se han visto afectados por la acción minera en nuestro territorio".

15 días hábiles de plazo entregó la Corte de Apelaciones de Antofagasta a SQM para entregar informes requeridos sobre el Salar de Atacama.

Ministra de Minería encabeza seminario sobre la Conciliación Laboral y Familiar

NORMATIVA. La actividad, que fue organizada por la Corporación de la Mujer Trabajadora del Cobre (Cormutrac), congregó a mujeres de distintos rubros.
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En enero de este año entró en vigencia la Ley de Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral que, entre otros puntos, establece el derecho al trabajo a distancia o teletrabajo, de modo que las y los trabajadores puedan efectuar toda o parte de su jornada diaria o semanal en esas modalidades, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permita.

Normativa que fue materia central del seminario organizado por la Corporación de la Mujer Trabajadora del Cobre (Cormutrac), que encabezó la ministra de Minería, Aurora Williams, quien destacó la instancia, pues "mujeres de diversos rubros fueron convocadas para interiorizarse sobre la ley. Es de sumo interés de nuestro Gobierno que las y los trabajadores equilibren su vida laboral y personal, habilitando las condiciones necesarias para que esto sea posible".

"De forma particular, relevo que sea la Corporación de la Mujer Trabajadora del Cobre la encargada de llevar a cabo esta instancia, se esta es una organización precursora desde sus inicios y hoy continúa esta senda, generando este espacio para que mujeres trabajadoras conozcan la ley", añadió.

Por su parte, la presidenta de la Cormutrac, Eliana Cruz Ramos, junto con valorar la participación de la ministra Williams, dijo que "el enfoque y los conocimientos compartidos fueron de gran valor, y estamos seguras de que todos los asistentes se llevaron aprendizajes muy significativos. Esperamos con entusiasmo gestionar nuevas capacitaciones o cursos para compartirlas con nuestras socias y socios y la comunidad de Calama".

En tanto, Claudia Yáñez León, quien moderó la Mesa Seminario, sostuvo que la iniciativa de la Cormutrac, que fue financiada a través del 8% del FNDR, "ha sido una jornada maravillosa, nos ha permitido conocer y entender la Ley de Conciliación y además nos ha permitido generar un espacio de conversación y discusión constructiva sobre cómo implementarla y proponer formas de mejorarla".

Nueva derrota de Tianqi: Suprema rechaza su recurso contra SQM

LITIO. Buscaba suspender el acuerdo de asociación para producir con Codelco.
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La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de hecho presentado por la firma china Tianqi que buscaba suspender el acuerdo de asociación entre SQM y Codelco para explotar litio en forma conjunta en el Salar de Atacama, algo que juicio de la empresa debió haber sido aprobado por una junta de accionistas (en la que son parte minoritaria con un 20%) y no solo por el directorio.

El recurso, interpuesto el pasado 27 de agosto, cuestionaba la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago que negó la paralización del acuerdo y estimando que dicho fallo era apelable. Sin embargo, el máximo tribunal recordó que "la Corte Suprema no es un tribunal de apelación y, solo en forma excepcional, le corresponde conocer en segunda instancia en aquellos casos en que la ley expresamente le otorga dicha competencia, lo cual no acontece en la especie".

"En efecto, como puede advertirse, la tramitación del reclamo de ilegalidad deducido no contempla la procedencia del arbitrio de apelación contra la resolución objeto de estudio, motivo suficiente para que el presente recurso de hecho no pueda ser acogido", complementó el Tribunal.

Dictaminando, en virtud de estos antecedentes, que "se rechaza el recurso de hecho deducido en lo principal del escrito de fecha veintisiete de agosto último, en contra de la resolución de veintiuno del mismo mes y año, pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago".