Hasta $97 millones podrán gastar los candidatos a alcalde de Calama
CAMPAÑAS. Además los aportes recibidos solo deben ser de personas naturales y partidos políticos quedando afuera las empresas.
El 24 de agosto se inicia el período legal para las campañas municipales y con ello la puesta en marcha de las modificaciones a ley de financiamiento de campañas que limita los aportes y gastos electorales. Legislación que tiene por objetivo transparentar la entrega de dinero que se utilizará para financiar las campañas, medida adoptada luego de los escándalos como Penta, SQM y otros, tras la investigación de aportes irregulares y uso de boletas ideológicamente falsas.
De acuerdo a estas nuevas modificaciones existirá un tope máximo que cada candidato, ya sea a alcalde o concejal deberá usar durante toda la campaña este monto no es fijo para todas las comunas, sino que va variando según la cantidad de votantes que tenga cada una de ellas.
Situación provincial
Según la información proporcionada por el Servicio Electoral (Servel), cada candidato a alcalde de la comuna de Calama no podrá gastar más de $97 millones 962 mil 023 en su campaña. Para el caso de los concejales el monto máximo de gasto es de $48 millones 981 mil 011.
El monto máximo de gasto en Calama es muy superior a las de las otras dos comunas existentes en esta provincia. De hecho la comuna de Ollagüe es la que posee el menor monto tope: $4 millones 350 mil 561 para candidatos a alcaldes y $ 2 millones 170 mil 280.
En la comuna de San Pedro de Atacama el tope máximo que deberá gastar un candidato a alcalde durante su campaña será de $7 millones 193 mil 417 y en el caso de los candidatos al concejo municipal no deberán superar los $3 millones 596 mil 708.
Ahora bien, esta ley elimina los aportes de empresas y también regula el monto máximo que una persona podrá aportar a alguna campaña.
En este sentido estipula que no existe un monto mínimo de aporte pero el máximo no deberá superar el 10% del monto tope de gasto siempre y cuando este tope máximo no supere las 250 UF, es decir un poco más de $6 millones 500 mil.
En cuanto a los requisitos de quiénes pueden aportar la legislación señala que están aptos todas las personas naturales que hayan cumplido 18 años de edad al momento de realizar el aporte, y que sean de nacionalidad chilena, o bien de nacionalidad extranjera, habilitadas legalmente para ejercer en Chile el derecho a sufragios.
También están habilitados los partidos políticos.
En estas elecciones también se inicia el aporte estatal a las campañas cuyo monto equivale a lo que resulte de multiplicar 0,015 UF por el número de electores de la respectiva comuna.
Las personas naturales que entreguen financiamiento a cualquier candidato solo podrán solicitar mantener sin publicidad su identidad en caso de que sus aportes no superen las 15 UF ($392 mil) para campañas a alcalde y 10 UF ($261 mil) en el caso de los concejales.
Cuenta corriente
Cada partido y candidato, al momento de inscribir la candidatura, debió emitir una autorización al director del Servel para abrir una cuenta bancaria única a su nombre y cargo, autorizándolo irrevocablemente a tomar conocimiento, en cualquier momento y a su sólo requerimiento, de todos y cada uno de los movimientos que esta cuenta registre.
Esta cuenta tendrá como objeto exclusivo recibir los aportes de campaña canalizados a través del Servel, mediante el Sistema de Recepción de Aportes.
Las personas deberán hacer el aporte vía transferencia bancaria. Para ello el Servel tiene habilitada una plataforma online al que se accede con una clave única que se obtiene en el Registro Civil o en ChileAtiende.
Cabe destacar que los candidatos no estarán autorizados a recibir dinero en efectivo.