Crecimiento
Este 2019 no ha sido fácil en materia económica. Ante la incertidumbre económica internacional ha abundado el escepticismo económico. No obstante, lo anterior, el país sigue creciendo, y lo hace con más fuerza a partir de este segundo semestre 2019, tras distintas iniciativas que se han impulsado. La cifra de Crecimiento Imacec agosto 2019 alcanzó un 3.7% en comparación al mismo periodo 2018. Sin embargo, la confianza empresarial vuelve a retroceder en septiembre y se acerca a zona pesimista.
No por nada, en el Chile Day 2019 en Londres, se destacó a Chile como el país con mayor proyección de crecimiento en inversión de América Latina, por sobre México, Brasil, Colombia, Argentina y Perú. Y producto del fuerte impulso a la inversión en obras públicas y privadas que se ha anunciado por parte del Gobierno, se espera que terminemos el 2019 con mejores cifras y un 2020 promisorio.
Tomás Orellana B.
Ordenanza de urbanismo
Muchos medios de prensa consideraron que el DS N° 14 del Minvu que modifica la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), que es el reglamento de la ley respectiva, fortalece la legalidad de los permisos de edificación emitidos por los directores de Obras Municipales o destraba proyectos inmobiliarios objetados.
Ante esa equivocada lectura y con el propósito de que sus lectores dispongan de la información correcta, afirmamos que ese Decreto Supremo del Minvu sólo reprodujo parcialmente lo que ordena la Ley N° 19.880 del Procedimiento Administrativo.
En efecto, en el artículo 1.1.3 de la OGUC, con la toma de razón de la Contraloría, el Minvu introdujo el texto " los permisos, aprobaciones y autorizaciones emitidas por los directores de Obras Municipales gozan de una presunción de legalidad, de imperio y exigibilidad frente a sus destinatarios", sin aludir a lo que la Ley N° 19.880 también dispone: "La autoridad administrativa podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, previa audiencia del interesado, siempre que lo haga dentro de los dos años contados desde la notificación o publicación del acto".
En resumen, nada ha cambiado pues las leyes tienen mayor jerarquía que los reglamentos.
Patricio Herman
Elecciones
Tengo la opinión de que los cargos de elección popular deben demostrar seriedad, formalidad, algún mínimo asomo de efectivo liderazgo, y principalmente una cuota de cultura e inteligencia que destaque a la persona por sobre el común de los vecinos.
El problema es que la dama de la alcaldesa insiste en demostrar que el asunto es al revés. Le hace mucho al pernicioso populismo, a la vocería por Twitter y a su persistente afán por captar votos, pero nunca ha demostrado talento o inteligencia para administrar ni menos para trabajar, por eso que estamos como estamos, muy mal.
Valentina Ramírez
Democracia
Continuamente escribo sobre la fragilidad de la democracia, observo aquellas situaciones, comportamientos y acciones que la ponen en peligro o en riesgo; lo ocurrido en Perú corresponde a los eventos que hoy pueden afectar la estabilidad de una democracia, cuando los congresistas legislan en función de sus intereses.
En nuestro caso, el mayor síntoma que se destaca, es cuando al adversario político se le ataca simplemente porque está en la vereda del frente, porque no es de mi partido o porque es simplemente, de oposición o de gobierno, simplemente se limitan a obstaculizar, destruir y/o a la crítica fácil, no hay propuestas concretas, todo es en función de quién es mi adversario.
Este síntoma de ver a mi contraparte en la política como un adversario que hay que frenar o destruir, nos debe poner en alerta, porque da lugar a un caldo de cultivo que tarde o temprano entrega una mala sopa.
Emilio Calderón
Tres leyes muy chilenas
Corríjame usted si estoy equivocado, pero todo indicaría que no hay muchos avances en relación a la gran tarea de actualizar de una vez por todas, nuestro Código Penal, por lo que, por el momento, se seguirían aplicando algunas de las más tradicionales leyes, muy nuestras, muy "chilensis". Para comenzar la Ley de Moraga para los que no están "vacunados con la influencia", sin excepción, pero si la situación lo amerita, ó se le aparece algún "santo en la corte", podría haber un chequeo para comprobar que no se contradiga con la Ley del Embudo y de ser así, entonces correspondería la absolución total, pero si es que el imputado en cuestión, sí y solo sí, estuviese debidamente amparado por alguno de los artículos de la Ley del Gallinero…
Luis Soler Milla