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El proyecto de desalación más grande del país fue ingresado a evaluación ambiental

AGUAS MARÍTIMAS. Requerirá una inversión de US$ 5 mil millones, su construcción se extenderá por cinco años, alcanzando un peak de 8.500 puestos de trabajo.
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A fin de aumentar la disponibilidad hídrica en la Región de Antofagasta y, luego de cuatro años de trabajo de relacionamiento temprano con diversas comunidades, Cramsa ingresó el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de su proyecto Aguas Marítimas al Servicio de Evaluación Ambiental de Antofagasta (SEA).

La iniciativa, que considera una inversión aproximada de US$ 5 mil millones, cinco años de construcción y 8.500 puestos de trabajo; contempla la construcción de una planta desalinizadora en el sector de Caleta Bolfin, ubicada 15 kilómetros al sur del límite urbano de Antofagasta, la que permitirá aumentar el recurso hídrico para las comunas de Antofagasta, Calama y Sierra Gorda.

Solución transversal

Sobre el proyecto que considera llegar a producir 700.000 metros cúbicos (m3) de agua por día, desalando agua de mar, el gerente general de Cramsa, Peter Hatton, explicó que "se trata del proyecto no minero más grande del país, que contribuirá a resolver las necesidades de aprovisionamiento de agua en la región, tanto para consumo humano como para los sectores industriales, mineros y agrícolas, siendo un aporte para el desarrollo sostenible y bienestar de miles de personas".

"En el futuro, este proyecto viabilizará la entrega de agua para consumo humano en la comunas de Antofagasta, Calama y Sierra Gorda, ya sea a través de las empresas sanitarias concesionarias, como también en apoyo a los sistemas de Agua Potable Rural (APR) para asegurar su servicio e incluso ampliarlo de ser necesario", resaltó el ejecutivo.

Comunidades

El estudio del proyecto Aguas Marítimas culminó con cuatro instancias de Participación Ciudadana Anticipada (PACA) en las comunas de Antofagasta, Calama y Baquedano, donde expertos de Cramsa profundizaron en temas de interés comunitario, explicando detalles de las obras de ingeniería, plan medioambiental y medidas de mitigación y compensación de la iniciativa.

"Durante estos años hemos corroborado el interés de la comunidad por nuestro proyecto, recogiendo inquietudes, observaciones e incorporando mejoras técnicas, para concretar una iniciativa sólida que entregará una solución concreta a la demanda hídrica regional, considerando las necesidades de diferentes gremios y personas en general", destacó el gerente de Asuntos Corporativos de Cramsa, Hugo Lecaros.

Condenan a Codelco por desvincular a trabajadora que no cumplió cuarentena

LABORAL. El Juzgado de Letras del Trabajo de Calama acogió la denuncia y sentenció a la minera a pagar una indemnización que supera los $54 millones. La empresa no quiso comentar la resolución.
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Redacción

El Juzgado de Letras del Trabajo de Calama acogió la demanda por vulneración de derechos fundamentales interpuesta por una trabajadora contra la división Chuquicamata de Codelco, luego que la minera la despidiera por no cumplir una cuarentena preventiva comunicada por la empresa que fue condenada a indemnizar con más de $54 millones a la afectada.

En el fallo, la magistrada Edy Pérez Argandoña acogió la demanda, tras establecer que la empresa vulneró el derecho a la vida privada de la trabajadora al despedirla por no cumplir una orden de la empresa restrictiva durante días de descanso. Siendo objeto de vulneración de garantías fundamentales, particularmente el artículo 19 N°4 de la Constitución.

Desde Codelco explicaron que "no se referirán a un proceso judicial en curso", aunque sí trascendió que la cuprífera habría considerado que la trabajadora despedida "habría infringido una norma ministerial" que decía relación a los protocolos contra el covid-19.

Argumentos del fallo

El Tribunal concluyó en su fallo que "existió una afectación a su vida privada, puesto que la causa del despido fue por no haber cumplido con una restricción completa y total a su libertad personal impuesta por el empleador, donde se le ordenó una cuarentena preventiva o aislamiento sin existir dicha disposición aún por la autoridad sanitaria competente, y además, por haberla incumplido fuera de su jornada laboral y dentro del marco de su vida privada, lo que tampoco en nada afecta al empleador toda vez que no se acercó hasta su lugar de trabajo ni tampoco se esgrimió que hubiese tenido contacto con compañeros de trabajo o alguna otra situación relacionada con ello que efectivamente se inmiscuya en el ámbito laboral".

"Libertad propia"

La resolución agrega que "por el contrario, todas sus acciones de supuestos incumplimientos fueron realizados dentro del margen de libertad propia que tiene fuera de su lugar y jornada de trabajo, la que terminaba el día 5 de mayo, siendo los hechos por los cuales habría sido despedida, ocurridos el día 7 de mayo, cuando no se encontraba a disposición del empleador, lo que claramente excede el ámbito sobre el cual tiene facultades el empleador, ya que no puede disponer ni restringir los derechos de un trabajador en el ámbito laboral, ni mucho menos cuando esto afecte a su vida privada".

Para el Tribunal "siendo el fundamento del despido, hechos que son referentes a la vida privada de la demandante, aun encontrándonos a esa fecha en un Estado de Emergencia Sanitaria, eso no amplía sus facultades para poder traspasar dicho ámbito, y por más reprochable que la actitud y las acciones puedan ser ética o moralmente, ello ocurrió fuera del ámbito laboral y no tenía repercusiones en este, por lo que no faculta al empleador a poder tomar decisiones dentro de la esfera laboral por situaciones ajenas a dicho ámbito".

Indemnizaciones

El Juzgado de Letras del Trabajo de Calama condenó a Codelco, tras establecer que el despido fue objeto de vulneración de garantías fundamentales; a pagar a la trabajadora una indemnización especial del artículo 489 equivalente a seis remuneraciones por la suma de 15.313.944 pesos; una indemnización sustitutiva por falta de aviso previo por 2.552.324 pesos; y una indemnización por ocho años de servicios por 20.418.592 pesos, más el recargo del 80% por 16.334.874 pesos.

$54,6 millones y fracción suman las indemnizaciones que deberá pagar Codelco a la trabajadora despedida.

Reactivan el aniversario con Stefan Kramer entre los invitados

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Como parte de las actividades de aniversario de Calama, que sufrieron reprogramaciones por efecto de las últimas precipitaciones, la Feploa volverá a abrir sus puertas este viernes 18 de marzo y durante todo el fin de semana, además se confirmó que este año el show aniversario tendrá un foco familiar, evento a desarrollarse el martes 22 de marzo en el estadio Zorros del Desierto.

El show de aniversario comenzará a las 16 horas, y en un formato que procure ser seguro y con entretención para todas las edades. Es así como se confirmó la participación de El Perro Chocolo y todos sus amigos, Cantando Aprendo a Hablar, Cachureos, Fusión Humor y por último, el imitador Stefan Kramer.

Sobre las cerca de 8 mil entradas para el espectáculo, la Comisión Organizadora precisó que se entregarán a partir de este fin de semana, a través de una plataforma virtual que se dará a conocer oportunamente. Destacar además que cada actividad de alta convocatoria, contará con puntos de acopio de alimentos no perecibles y ropa de abrigo para las más de mil familias damnificadas.

A estas actividades del 143 aniversario de Calama, se suma el Pasacalle Andino, el Primer Encuentro Comunal de Bandas de Bronce, y este sábado 19 de marzo el Encuentro Nacional de Break Dance.