Autonomía territorial, pero aumento de desigualdad entre zonas: los beneficios y riesgos de un "Estado Regional"
NUEVA CONSTITUCIÓN. En una semana marcada por el inicio de las sesiones en el pleno de la Convención , se aprobó uno de los primeros artículos que integrarían la Carta Magna, y que apunta a cambiar la distribución del poder entre el nivel central y las regiones.
"Chile es un Estado regional, plurinacional e intercultural conformado por entidades territoriales autónomas, en un marco de equidad y solidaridad entre todas ellas, preservando la unidad e integridad del Estado". Esta es la nueva definición del país que aparecerá en la propuesta de nueva Constitución emanada desde la Convención, luego de ser aprobada por 112 votos a favor, 34 en contra y 2 abstenciones.
El artículo logró sortear las votaciones en general y en particular del pleno del organismo constituyente, donde necesitaba lograr los dos tercios, en una semana marcada por el inicio de las deliberaciones de todos los miembros de la Convención para sufragar por los artículos que integrarán el borrador de la propuesta de Carta Magna.
La definición de "Estado regional" se impuso a la de los convencionales de Vamos por Chile para consagrar al país como un "Estado unitario descentralizado".
En el artículo 2, en tanto, precisa: "El Estado se organiza territorialmente en regiones autónomas, comunas autónomas, autonomías territoriales indígenas y territorios especiales" (107 votos a favor y 45 en contra).
Un punto clave, fue la aprobación del artículo N°5, que establece que las regiones, comunas y autonomías están dotadas de autonomía "política, administrativa y financiera para la realización de sus fines e intereses en los términos establecidos por la presente Constitución y la ley" (103 votos a favor, 40 en contra y 5 abstenciones).
Un estado intermedio
¿Pero qué significa un "Estado regional"? Jorge Molina, académico de la Escuela de Derecho de la U. de Antofagasta, explica que "la teoría lo señala como un Estado intermedio entre el Estado unitario y el Estado federal, porque tendrá la misma Constitución y la misma ley". Un ejemplo de esta modalidad, comenta Molina, sería el caso de España o Italia.
Por consiguiente, argumenta, "no habrá un poder centralizado, radicado en la Presidencia de la República, sino descentralizado en 16 Gobiernos Regionales, que deberán aplicar políticas públicas con mayor cercanía y pertinencia y sin depender de la decisión centralizada. La autonomía y atribuciones regionales la definirá la Constitución y leyes".
"En lo administrativo, nosotros tenemos algunas experiencias, porque de alguna manera se han ido descentralizando algunos servicios. Mas no todos. Lo que en general se ha hecho en Chile ha sido desconcentrar. El mismo servicio le otorga al director regional ciertas facultades, pero la decisión final la toma el director nacional, ubicado en el centro del poder", dice el académico.
Para Cristina Dorador (MSC), la norma de Estado regional "es muy importante, porque es un avance decidido hacia una real descentralización del país". La propuesta, explica, "reconoce que el Estado regional es plurinacional e intercultural, con principios de equidad y solidaridad, y preservando la integralidad y unidad del Estado".
Lo anterior, argumenta Dorador, es primordial para las regiones "como la de Antofagasta, donde bien sabemos que la desigualdad es enorme y los recursos producidos no quedan en la región".
Sin embargo, Pablo Toloza (UDI) menciona que "es una mala idea. Y por varias razones. En primer lugar, si bien estamos todos claros que tenemos que profundizar la descentralización, esto es un camino que ha ido avanzando lento, y que tenemos la posibilidad de ir avanzando más rápido". Por esto, dice que el artículo podría significar "echar todo atrás, y partir de cero. Como han dicho acá, esto no va a ser de forma inmediata, sino que va a ser progresivo. Significa que nos podemos demorar 20 años más, 25 años más, en poner en marcha esta nueva autonomía".
Finalmente, asegura que "el mandato fue hacer esto más eficiente y solidario. Lo dije en mi intervención. Antofagasta, con esta autonomía, podría transformarse en Dubái, pero hay otras regiones -Aysén, por ejemplo-, que no produce lo de Antofagasta".
Autonomía Fiscal
Francisco Zambrano, abogado experto en Derecho Constitucional y académico de la Usach, ejemplifica estos conflictos que pueden existir con un Estado regional con el caso español. "No todas las competencias se transfieren de la misma forma. Por ejemplo, el País Vasco tiene una enorme cantidad de transferencias, de competencias, muchísimas más que Extremadura, o Andalucía. (...). El País Vasco tiene su propia Hacienda, en que recaudan tributo y los gastan a su arbitrio y sin control central. No así Cataluña, que no goza de esa Hacienda única".
Zambrano afirma que "se establece que las regiones tengan su propio mecanismo de recaudación de impuesto, de gastos, y de endeudamiento, eso es sumamente complejo. La crisis española e italiana se generó fundamentalmente por la deuda pública de las regiones, que hicieron quebrar a estos países regionales". Y detalla que "nosotros no tenemos el PIB que tiene Italia o España, tenemos la mitad".
"Hay toda una particularidad que en Chile no se nos está diciendo. El debate lo está ocultando. Y eso es de profunda gravedad. Y debe ser explicado por los convencionales lo que implica", señala Zambrano.
Sobre la autonomía fiscal, Molina menciona que "hay que tender a producir un desarrollo armónico y equitativo. Porque estamos en contra de la desigualdad territorial, tampoco podemos fomentar una nueva desigualdad territorial. De hecho, el ingreso per cápita de Antofagasta es lejos muy superior a las de todas las demás regiones del país".
Agrega que "efectivamente uno de los temas -y que la Convención ya se hace cargo de ello-, es cuando dice que los territorios deben propender a tener un desarrollo armónico y equitativo bajo principio de solidaridad. Lo que significa, entonces, que las regiones más ricas deberán contribuir para que las regiones más pobres también puedan superar sus carencias". "Pero más que contribuir, lo que habrá que atender es cómo desarrollarse productivamente para generar riquezas", algo que, opina, podría desarrollarse con un "Estado emprendedor" en lo económico, fomentando la innovación y también aprovechando los beneficios que conlleve dichas investigaciones.
Con todo, Zambrano concluye que "la Convención, hasta que entregue su propuesta de nueva Constitución, no tiene límites para volver a revisar lo que está pactando. Podrían modificar el reglamento y establecer una nueva revisión. O la comisión de Armonización, quienes tienen una tarea gigantesca para poder establecer algunos cambios sustanciales, también lo esperaría. Pero todavía hay bastante espacio, bastante tiempo para que lo modifiquen en los cuatro meses que quedan".