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esa línea, el borrador crea un sistema nacional de salud que "podrá estar integrado por prestadores públicos y privados", y que los requisitos para estos últimos los definirá la ley. Pero "la palabra 'podrá' otorga un grado de discrecionalidad para que el legislador lo inhiba o lo garantice (...). No garantiza que pueda haber provisión pública, privada o mixta que forma parte de la tradición constitucional chilena", opina Jaime Arancibia.
"Algunos dicen que esto limita la participación de privados, pero creo que no es así, porque el mismo texto establece que el Estado tiene un rol como rector del sistema de salud. Eso implica regular, revisar y fiscalizar las instituciones públicas y privadas, el propio texto lo menciona", asevera Pamela Figueroa.
Para Lucas Sierra, "en salud y educación la ley no podrá cerrarle la puerta a alguna participación de los privados. En seguridad social es menos claro, pues los privados no se mencionan. Tampoco se prohíben expresamente. Aquí hubiera sido preferible más claridad". Esto, porque en educación, el borrador habla de un sistema nacional integrado por establecimientos creados o reconocidos por el Estado y que "los estudios de educación superior (...) serán gratuitos en las instituciones públicas y en aquellas privadas que determine la ley", mientras que sobre seguridad social se limita a decir que "la ley establecerá un Sistema de Seguridad Social público".
Uso de la fuerza
Según el borrador, leyes regularán "la vigencia, alcances y mecanismos de elaboración y aprobación" de la Política Nacional de Seguridad Pública y "la organización de la defensa, su institucionalidad, su estructura y empleo conjunto, sus jefaturas, mando y la carrera militar".
Jaime Abedrapo, académico de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la U. San Sebastián, advierte varias dudas sobre el punto, "sobre todo en materia de ascenso y retiro de las FF.AA., porque es una materia muy sensible respecto a la politización que pueda llegar a tener". Sobre la desmilitarización de las policías, dice que es "una refundación de Carabineros básicamente", y que la ley se deberá hacer cargo de las escuelas matrices.
Pamela Figueroa (U. de Santiago) precisa que "la legislación tendrá que establecer con mucha claridad la estructura y la formación de las propias policías, quiénes van a poder ingresar, cómo van a ingresar".
Regular el aborto
El último inciso del artículo sobre derechos sexuales y reproductivos -que incluye el aborto voluntario- dice que "la ley regulará el ejercicio de estos derechos".
"Es una buena idea que el definir cómo, cuándo y con qué recursos se van a hacer valer los derechos sexuales y reproductivos sea una cuestión sujeta a la ley", afirma Claudia Sarmiento (UAH). Sin embargo, Jaime Arancibia (U. de los Andes) plantea que "regular no es limitar", por lo que se podría hacer una ley donde no se fije un plazo máximo para interrumpir el embarazo y sería igualmente constitucional, según el borrador. Añade que "el aborto, por más que sea configurado como un derecho, supone la muerte del que está por nacer (...). No se puede entregar al legislador la fijación de límites que suponen la privación de vida".
"Silencios que matan"
Hay varios "silencios que matan", dice Jaime Arancibia en relación con cuestiones que quedaron entregadas a ley o que el borrador omite. Por ejemplo, sobre el sistema electoral, el texto habla de "organizaciones políticas" y no de partidos políticos. "La ley podría, entonces, meter a los movimientos sociales a competir con los partidos. Esto sería fatal", advierte Lucas Sierra.
El borrador tampoco hace alusión al terrorismo (habla del derecho a vivir en entornos seguros y libres de violencia) ni menciona la exención de contribuciones que hoy tienen los templos, consagrada constitucionalmente (dice que las agrupaciones religiosas deben gestionar sus bienes "de forma transparente", según la ley).
Si bien se consagra que la naturaleza tiene derechos, "¿qué derechos?", se pregunta Arancibia, porque no están establecidos en el texto, como tampoco otras disposiciones que quedaron a ley, como el derecho a acceder responsablemente a la naturaleza, el funcionamiento de las defensorías regionales de la naturaleza o los mecanismos de participación en materia medioambiental.
Expropiaciones
En caso de expropiación, la Convención dice que el propietario será indemnizado "por el justo precio del bien expropiado", y que podrá reclamar monto y modalidad de pago "ante los tribunales que determine la ley". Esto, a diferencia de la Constitución vigente que señala que el expropiado será indemnizado "por el daño patrimonial efectivamente causado" y que "a falta de acuerdo, la indemnización deberá ser pagada en dinero efectivo al contado".
"(La de la Convención) Es una redacción acorde con estándares internacionales, pero en el caso de Chile arriesga una menor protección de la propiedad al compararse con la regulación actual. Valga decir, en todo caso, que el borrador es más protector de la propiedad que la Constitución de 1925. Por esta misma historia, hubiera sido mejor una redacción menos ambigua, que contemplara el pago en dinero y por el valor de mercado del bien expropiado. Si por justo precio se está pensando en dicho valor, ¿por qué no se dijo derechamente?", plantea Lucas Sierra.
"La regulación actual más detallada obedece a experiencias fallidas históricas", sostiene Jaime Arancibia. "Entonces, ¿por qué pasar de un estándar seguro a otro interpretable? No tiene sentido", añade. Pero Claudia Sarmiento asegura que si la actual ley que detalla el procedimiento de expropiación no es contraria a la propuesta, "no veo motivo por el cual no se continúen tramitando las expropiaciones de la misma manera que se hace ahora".
"La legislación tendrá que establecer con mucha claridad la estructura y la formación de las propias policías, quiénes van a poder ingresar, cómo van a ingresar".
Jaime Arancibia, U. de los Andes
"El aborto, por más que sea configurado como un derecho, supone la muerte del que está por nacer (...). No se puede entregar al legislador la fijación de límites que suponen la privación de vida".
Pamela Figueroa,, académica U. de Santiago