Cristián Venegas M.
Las cifras actualizadas de la seremi del Trabajo y Previsión Social establecen que en la Región de Antofagasta serán 16.940 las personas que deberán justificarse por no emitir su voto en el Plebiscito de Salida de este domingo 4 de septiembre, por asistir a sus trabajos en la actividad minera. Mientras que los trabajadores mineros habilitados para sufragar serán 19.222.
Al respecto, la seremi del ramo, Camila Cortés recalcó que los trabajadores que deban asistir a sus empleos el 4 de septiembre y cuyos lugares de trabajo estén a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral, categoría en la que entran, por ejemplo, las operaciones mineras, podrán abstenerse de sufragar este domingo.
Así lo dispone el inciso 4° del artículo 142 de la actual Constitución Política del Estado, el cual establece que: "No incurrirá en esta sanción el ciudadano que haya dejado de cumplir su obligación por enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquél en que se encontrare registrado su domicilio electoral o por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica".
Basta el comprobante
Sobre la imposibilidad de algunos trabajadores de sufragar y el proceso de justificación, la autoridad regional explicó que "la norma sólo exige un comprobante, y no un documento específico, cualquier documento sirve como comprobante o justificación, y en ese sentido, recomendamos a los empleadores de trabajadores que estén en esta situación, que emitan un certificado que les sirva para acreditar que el día de las votaciones estaban trabajando a más de 200 kilómetros, con el fin de evitar el colapso de las comisarías (de Carabineros) ese día".
Facilitar el sufragio
En los casos en que los trabajadores no cumplan el requisito de situarse a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral, el empleador deberá tomar todas las medidas necesarias para otorgar las facilidades a aquel trabajador que debiendo ejercer su derecho a sufragio, por la ubicación de la obra o faena o la distribución de su turno le permita ejercer el permiso antes indicado, garantizándose de esta manera su derecho ciudadano.
Respecto a este último punto, Cortés dijo que "es importante respetar el derecho a sufragio de los trabajadores, quienes tendrán 2 horas de permiso, las cuales no se pueden descontar de sus remuneraciones y no considera el horario de colación para tal fin. Ese lapso puede ampliarse de común acuerdo con sus empleadores si los tiempos de desplazamiento así lo requieren".
"Este criterio de flexibilidad es muy importante, puesto que se trata de una votación obligatoria que incluso arriesga multas fijadas por el sistema electoral para quienes no sufraguen, por lo cual es recomendable que los empleadores organicen los turnos de trabajo de modo de facilitar el derecho a sufragio", añadió la seremi.
Trabajadores de mall y strip center
Para las jornadas electorales, como el Plebiscito de Salida de este domingo 4 de septiembre, la legislación respectiva también considera el feriado obligatorio e irrenunciable para trabajadores de comercios administrados por una misma razón social o personalidad jurídica, como mall y strip center. El feriado comenzará a más tardar a las 21:00 horas del sábado 3 de septiembre y terminará a las 06:00 horas del lunes 5 de septiembre, especificó la seremi del Trabajo y Previsión Social, Camila Cortés.
"La Dirección del Trabajo fiscalizará tanto el derecho de sufragio como el cumplimiento del feriado para una parte del comercio. En caso que los empleadores no cumplan esta disposición legal, arriesgan multas que van desde las 3 a 60 UTM. Es decir, fluctuarán entre los $178.785 y los $3.575.700".
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