Hace un par de semanas se viene hablando de la Ley de Responsabilidad Parental y Pago de Pensiones de Alimentos, N°21.484 la cual constituye un avance en la protección económica de niños, niñas y adolescentes, especialmente en cuanto a su derecho de recibir manutención por parte de sus padres.
Esta normativa, además, busca dar respuesta a la violencia económica que sufren muchas mujeres al tener que perseguir al padre deudor, lo cual lamentablemente sigue siendo una realidad. Esta modificación a la ley N°14.908, tiene varios puntos claves que mejorarán la realidad de miles de niños, niñas y adolescentes; en primer lugar, la responsabilidad: pues traslada al Estado la responsabilidad de perseguir el patrimonio del deudor, lo cual hasta ahora estaba radicado en las posibilidades de la madre demandante, que normalmente es también la cuidadora de los niños, niñas y adolescentes.
La responsabilidad viene acompañada de dos brazos operativos, cuales son: la coordinación, entre los entes del Estado, y la cooperación de las instituciones privadas; pues la indagación patrimonial puede ordenarse a cualquier organismo del Estado, como el Servicio de Impuestos Internos (SII) o la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), y a su vez, lo propio sucede respecto de las instituciones privadas que deben informar a tiempo sobre la existencia de fondos, bienes o dinero del deudor, y, pagar a tiempo cuando se le ordene.
En segundo término, la modificación incluye la solidaridad. La introducción esta figura aplicada a las instituciones bancarias, financieras o previsionales que no paguen dentro del plazo establecido por el juzgado de familia (5 días hábiles), quiere decir que, si la institución no paga en ese plazo, ella misma debería pagar. Esto es sólo eventualmente, a modo de sanción si no se encarga de trasferir los fondos a la cuenta informada por la demandante al tribunal.
En tercer lugar, la nueva legislación introduce lo que podría considerarse como las primeras referencias legales de los llamados trabajos domésticos no remunerados, no bajo esta nomenclatura específicamente, pero sí bajo la fórmula de tasación económica de los trabajos de cuidados, que deben ser tenidos en cuenta por el juez a la hora de establecer los alimentos.
Todas estas innovaciones, que acompañan la creación del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (en la región, hay un total de 2.209 deudores vigentes), eran necesarias, y son a su vez un compromiso programático de S.E. el Presidente Gabriel Boric Font, que, junto al Registro Civil e Identificación, Poder Judicial, demás servicios del Estado y las instituciones financieras bogaremos por hacer cumplir en la región según mandató en la Región de Antofagasta la delegada presidencial regional, Karen Behrens Navarrete.